La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de avalar la realización de revisiones sin necesidad de contar con una orden judicial es la reafirmación de un procedimiento que ya se realizaba con anterioridad, así lo dio a conocer el director de la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana, José Luis Cuevas Gayosso.
En entrevista, señaló que esto no implica que se abra la puerta a que los cuerpos policiacos puedan cometer abusos pues deben existir elementos específicos para que estos puedan proceder a efectuar una revisión como es la existencia de una duda razonable de que el detenido pudo ser partícipe de un delito.
"Es muy importante que quede claro que aquella persona o vehículo que pueda tener una sospecha de la comisión de un delito pueda ser detenida, pero esto no es nuevo, esto surge de una determinación que tomó la corte con base en una controversia constitucional de un código que fue aprobado desde hace 4 años y por ello se hace necesario que entendamos cual es el contenido, lo que debe quedar claro es que debe existir una sospecha o duda razonable para que se pueda proceder, esto es derecho vigente que sólo fue reafirmado", indicó.
Asimismo, Cuevas Gayosso consideró que si debe existir capacitación en los elementos encargados de efectuar estas revisiones para evitar que se presenten irregularidades y sobre todo lograr que la norma sea respetada al momento de ser aplicada.
Finalmente, insistió en que está medida está normada y que si bien fue recientemente insertada en el código penal ya se aplica pues recordó que los retenes que se colocan en las entradas y salidas de las ciudades, los puestos de revisión en las terminales aéreas y de autobuses existen desde varios años atrás y se rigen bajo el mismo principio.