La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción difundió en el Diario Oficial de la Federación el protocolo para prevenir, detectar, investigar, perseguir y sancionar el cohecho internacional en cualquiera de sus modalidades, emitido por el Comité Coordinador del SNA, mismo que entrará en vigor este martes.
Se establece que la adopción de nuevos esquemas de cooperación entre autoridades nacionales e internacionales, basados en el contacto entre aplicadores de la Ley, reciprocidad e intercambio de información.
Para dar cumplimiento a los objetivos, las autoridades involucradas en la prevención, detección, investigación, persecución y sanción del Cohecho a Servidores Públicos Extranjeros y Nacionales, fomentarán la celebración de convenios de coordinación con el objeto de establecer mecanismos de cooperación e intercambio de información, así como el diseño y ejecución de programas de capacitación en la materia, por lo que las acciones que se realicen en esta materia se harán del conocimiento del Comité Coordinador del SNA.
El acuerdo establece que en el Comité Coordinador del SNA está convencidos de que el Estado mexicano cuenta con instituciones sólidas, comprometidas con el combate a la corrupción, dispuestas a diseñar e implementar estrategias para asegurar la detección, investigación, persecución y sanción eficaz del cohecho internacional, y hacer de nuestro país un referente internacional de respeto y garantía de las reglas de competencia económica que rigen las transacciones comerciales internacionales.
Que el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros y Nacionales, en la conducción y desarrollo de transacciones comerciales internacionales, en el comercio y la inversión extranjera, socava el buen gobierno, el desarrollo económico sustentable y distorsiona la competencia económica.
El acuerdo emitido se sustenta en las recomendaciones del grupo de trabajo sobre Cohecho Internacional en sus informes de la evaluación de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales, en el sentido de mejorar la capacidad de coordinación entre las dependencias encargadas de investigar los casos de Cohecho Internacional.
Además, en las normas penales y administrativas en materia de combate a la corrupción, así como las relativas a la prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita, se complementan recíprocamente, señalando el andamiaje jurídico que deben seguir las autoridades del Estado mexicano para hacer frente a las redes criminales que utilizan complejas estructuras financieras y comerciales para blanquear los activos obtenidos de las prácticas corruptas.