A partir de ayer jueves, los choferes del transporte público podrán conservar su licencia de conducir tipo “A”, siempre y cuando se capaciten y aprueben el curso cada 3 años y se certifiquen e inscriban en el padrón de choferes cada cinco años.
En la Gaceta Oficial del Estado se publicó el decreto de reforma al artículo 56 de la Ley número 589 de Tránsito y Transporte del Estado entra en vigor este jueves.
Anteriormente la capacitación y la aprobación del curso, era cada dos años, sin embargo, en la iniciativa de reforma enviada por el gobernador Miguel Ángel Yunes Linares, se proponía que solo fuera obligatorio para las personas que obtendrán esa licencia por primera vez, y que no fuera exigible dicho curso a las personas que realicen el canje o renovación de la licencia tipo "A".
Lo anterior debido a que deben pagarse 2.1205 UMA para capacitarse y acreditar el curso, lo que afecta aún más la situación económica en que se encuentran las personas que se dedican a esta actividad.
Sin embargo, en el dictamen aprobado, los diputados establecieron que la capacitación para los choferes debe continuar, pues es importante que siga vigente a efecto de otorgar mayor legitimidad al conductor, ya que se trata de transporte público, donde se encuentra de por vida a miles de personas.
Además, dicha capacitación debe ser cada tres años. Lo anterior para procurar que los operadores de servicio de transporte público no se vean afectados más en su economía.
Asimismo, es imprescindible que la certificación e inscripción al padrón de choferes de transporte público se quede vigente, realizándola cada cinco años.