La sanción interpuesta por Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) contra diputado del PRI, Francisco Martínez Martínez, marca un precedente para erradicar la violencia de género hacia las mujeres involucradas en la política.
El consejero del Organismo Público Local Electoral (OPLE), Roberto López Pérez, recordó que hace unos días los magistrados del órgano jurisdiccional, ordenaron que el legislador ofreciera una disculpa pública a mujeres indígenas, luego que mediante un mensaje durante el pasado proceso electoral, se dirigiera de manera misógina a las mujeres presentes de la comunidad de Monte Grande en Tantoyuca Veracruz.
Señaló que al igual que este caso, aún está pendiente que los tribunales den atención a hechos registrados contra la ex candidata a diputada por el distrito de Pánuco, Octavia Ortega Arteaga, quien fue víctima de violencia por participar en el Parque, situación que fue denunciada con oportunidad.
En este sentido, el consejero no descartó que en este tema también se aplique una sanción ejemplar por parte de la autoridad electoral, ya que señaló, los órganos deben actuar con determinación para prevenir, erradicar y sancionar todo caso de violencia política sobre todo en razón de género.
No obstante, añadió que el Tribunal aún está determinando el tema de Pánuco, puesto que se encuentra en desahogo el expediente, sin embargo, se espera una resolución favoritos.
En este tema, Roberto López dijo que todas las autoridades electorales están obligadas a prevenir y erradicar la violencia política en razón de género, por lo que el principal deber es vigilar que se cumplan las sentencias y los términos en los que fueron dictadas.
En ese tenor, Roberto López señaló desconocer si el diputado veracruzano cumplió con la sentencia ele TEV, pero dijo que en caso de que no se ejerza, el interesado puede solicitar una inejecución de sentencia, a efecto de que se haga efectiva esa resolución.
“Nosotros como OPLE ya emitimos a través de un procedimiento especial sancionador las medidas cautelares e integramos un expediente que se mandó y hasta ahí termina nuestra competencia, de ahí para allá la resolución y el cumplimento de la determinación judicial recae en este órgano electoral local”.