De los 190 despachos contables que auxiliarán al Órgano de Fiscalización Superior en las auditorías a la Cuenta Pública 2017, si alguno o algunos presentan deficiencias operativas en el desempeño de su trabajo, serán acreedores a sanciones que van desde una amonestación hasta la inhabilitación por tres años, reconoció Karina de la Fuente Izaguirre.
La Auditora Especial de Fiscalización a Cuentas Públicas del ORFIS, confirmó que un mal desempeño es lo que origina que ya no se habilite un despacho contable para futuros procesos de fiscalización.
Algunas de las sanciones son amonestación privada y/o pública son: cancelación de registro o refrendo, otorgado para dictaminar Cuentas Públicas; inhabilitación hasta por tres años para dictaminar cuentas públicas; y multa de trescientas veces el valor diario vigente de la Unidad de Medida y Actualización (UMA´s).
Tras participar en el programa de radio “De Acceso Público”, señaló que en el Reglamento para el Registro, Habilitación, Contratación, Control y Evaluación de los Despachos y Prestadores de Servicios Profesionales de Auditoría, se establecen las causales de rescisión de los contratos.
Entre esas causales destacan:
Si de manera injustificada no inicia los trabajos objeto del contrato al día siguiente de la notificación de la correspondiente orden de auditoría; interrupción injustificadamente la ejecución de los trabajos de fiscalización encomendados; y si no se ejecutan los trabajos de fiscalización de conformidad con lo estipulado en el contrato o sin motivo justificado no atiende el programa de trabajo determinado por la correspondiente área administrativa que disponga el Reglamento Interior del Órgano.