La Comisión Nacional de Justicia Partidaria (CNJP) resolvió, en la sesión llevada a cabo el jueves 27 de junio, instruir a la Comisión Nacional de Procesos Internos (CNPI) la cancelación de la candidatura de Lorena Piñón Rivera a la dirigencia nacional del Partido Revolucionario Institucional (PRI), en virtud de haber aceptado ser postulada como candidata del Partido Acción Nacional (PAN) en el proceso electoral 2015-2016 para la elección del Congreso de Veracruz.
Lo anterior con base en el artículo 65, fracción segunda de los Estatutos que señala como causa de pérdida de la militancia al integrante del partido que “acepte ser postulado como candidato por otro partido, salvo en el caso de las coaliciones o alianzas previstas…”
La CNJP informó al CEN que esta resolución es consecuencia de dos procedimientos interpuestos por militantes, en fecha previa a la expedición de la convocatoria para la renovación de la dirigencia nacional.
Dichos procedimientos plantearon que debía declararse la pérdida de la militancia y la expulsión del partido de Piñón Rivera, en razón de haberse sujetado a la normatividad del PAN -partido que los denunciantes consideraron ideológicamente antagónico a los postulados del PRI-, para participar en el proceso electoral veracruzano.
Asimismo, la resolución señala que, si bien no alcanzó la postulación, Piñón Rivera sí solicitó la candidatura del Partido Acción Nacional e incluso participó en los actos de ese partido para garantizar su presencia en la boleta y, por ende, en el proceso electoral. Aunque ante la CNJP alegó que finalmente no fue postulada, Piñón Rivera no negó la denuncia de que aceptó ser postulada como candidata de dicho partido.
En ese sentido, cabe enfatizar que nuestros Estatutos establecen la pérdida de la militancia por la simple aceptación de la postulación, dijo la CNJP, la cual desahogó este proceso con total apego a derecho, correspondiendo a las instancias partidistas acatar su instrucción.
El CEN reitera que un proceso interno exitoso requiere la observación y aplicación oportuna e imparcial de la normatividad vigente y que la renovación de la dirigencia nacional continúa de manera ordenada, bajo los principios inamovibles de certeza, legalidad, transparencia y objetividad.