El Inai ordenó al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) dar a conocer una versión pública de los registros de audio y video de la audiencia inicial en la causa penal por la cual se investigó al ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa.
En dicha versión, se deberá dar a conocer la información relativa a ex servidores públicos que cuenten con una sentencia condenatoria firme e irrevocable, relacionada con ilícitos en ejercicio de las funciones públicas, contenidos en la causa penal 97/2016.
El pleno del Instituto modificó la reserva de información que dio el Consejo de la Judicatura Federal a ese material, argumentado que se encuentra relacionada con una carpeta de investigaciones en trámite, por lo que su difusión obstaculizaría su conducción.
La comisionada ponente Blanca Lilia Ibarra expresó que este caso permite vincular la reforma en materia de transparencia, que establece que la Judicatura Federal debe difundir las actuaciones y resoluciones adoptan sus órganos jurisdiccionales, con los principios del Sistema Penal Acusatorio, ya que coinciden en la publicidad de los procesos penales, sobre todo cuando se trata de acusaciones a un ex gobernador por la presunta comisión de delitos.
La comisionada analizó la grabación de la audiencia inicial, por medio de una diligencia de acceso a la información, en el Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte.
Ibarra advirtió que existen de contenidos que pueden ser clasificados como reservados, entre ellos las circunstancias de modo, tiempo y lugar que dan cuenta de las líneas de investigación pendientes de cumplimentar en el proceso.
Sin embargo, no es procedente restringir el acceso a la totalidad de la videograbación, por lo que la reserva invocada por el CJF procede únicamente en la información que se relaciona de manera directa con las funciones del MP federal, en especial con las líneas de investigación de las personas a las que no se les ha dictado vinculación a proceso, medios de prueba y medidas cautelares.
En el video se advirtió que se mencionan datos personales susceptibles de ser clasificados como confidenciales; empero, dijo la comisionada, en el ejercicio interpretativo de derechos se desprende que prevalece el interés público de que se difunda la comisión de ilícitos en ejercicio de la función pública.