Por no haber elementos objetivos y razonables, el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), determinó en sesión de este viernes que no hay ninguna sanción por la indebida utilización de un programa social en la propaganda electoral, en el municipio de Boca del Río.
En el Procedimiento Especial Sancionador PES196/2017, el PRI denunció al entonces candidato de la coalición PAN-PRD a la Presidencia Municipal de Boca del Río, Alonso Morelli, por la colocación de propaganda electoral presuntamente vinculada a un programa social municipal "Boca Sonríe", para obtener una ventaja ilegal en la contienda pasada.
En la exposición de motivos, el PRI denunció que la colocación de espectaculares con frases que, según el actor, se relacionan con el programa social Boca Sonríe.
Al hacer el análisis de las oraciones “¡BOCA SIGUE! ¡CRECIENDO!”, “¡BOCA SIGUE TRABAJANDO!”, “¡BOCA SIGUE SONRIENDO!”, el órgano jurisdiccional determinó que, si bien se comparte la palabra Boca, no se vulnera el principio de imparcialidad, pues la propaganda electoral es parte de una campaña para renovar el cuerpo edilicio y es razonable que refiera el nombre del municipio.
Los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz identificaron que la propaganda está vinculada al nombre de la coalición “Veracruz, el Cambio Sigue”, que postuló a Humberto Alonso Morelli, cuya denominación tiene elementos en común con la propaganda denunciada como el uso de la palabra “Sigue” y la referencia al lugar en donde se llevará a cabo la elección.
Ante esta situación, TEV determinó que no existen elementos objetivos y razonables que acrediten la indebida utilización del programa social en la propaganda, por lo que declaró la inexistencia de la violación objeto de la denuncia.