Al asegurar que no todas las amistades resultan los mejores colaboradores, el Diputado Local del Partido Acción Nacional, José Luis Enríquez Ambell, recomendó a próximas autoridades municipales no designar amigos en los ayuntamientos.
En este sentido señaló que se debe buscar a verdaderos servidores públicos con conocimiento de la normatividad vigente, pues dijo “la comunidad no puede esperar a que quien en breve serán autoridades lleguen a aprender a costa de echar a perder”.
Asimismo recordó que ya está vigente la Ley Número 336 para la Entrega y Recepción del Poder Ejecutivo y la Administración Pública municipal, que obliga a las próximas autoridades municipales en especial a quienes no conocen la administración pública, y muy en particular a los que serán por primera vez Gobierno, atender la necesidad social al amparo de la ley.
Dicha Ley tiene por objeto regular el proceso y establecer los criterios que regirán la entrega y recepción de los recursos humanos, financieros, materiales y técnicos a cargo de los servidores públicos del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública Municipal, ya sea por conclusión del período constitucional o mandato legal, o bien por separación del cargo.
Asimismo señala que ningún servidor público podrá separarse de su cargo sin realizar la entrega, en caso de no efectuarse, será requerido de forma inmediata por el Órgano Interno de Control o la Contraloría Interna correspondiente, para que en un lapso de tres días hábiles contados a partir del citatorio, cumpla con esta obligación; caso contrario se sancionará en términos de lo dispuesto en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, sin perjuicio de la responsabilidad penal o civil que le corresponda por el incumplimiento de un deber legal.
El servidor público entrante está obligado a recibir la documentación antes mencionada y a revisar su contenido, al margen de las acciones legales que se deriven de inconsistencias o irregularidades detectadas de manera posterior.
Asimismo, si en un periodo de treinta días hábiles el servidor público entrante identifica omisiones o irregularidades en los documentos e información recibidos, deberá hacerlas del conocimiento inmediato del Órgano Interno de Control o de la Contraloría Interna correspondiente, quien citará a los ex servidores públicos, para que expresen lo que a su interés convenga respecto de las observaciones, presenten información, documentos complementarios o aclaraciones. La respuesta se producirá en un plazo no menor a tres ni mayor a quince días hábiles, contados a partir de que surta efectos la notificación.
Para finalizar añadió que con este nuevo marco legal, se logrará que estos procedimientos administrativos cuenten con una dinámica vinculada en los niveles de Gobierno, además de reducir la complejidad normativa y facilitará la revisión y rendición de cuentas.