Pese a operar al margen de la ley, los representantes de CHYC, ahora demandan respeto a su supuesta legalidad al personal de Transporte Público que ha aplicado operativos en contra de esta empresa por no cumplir con las normas para circular.
Personal de la dependencia, lamentó que sean estos quienes piden se actúe con derecho, cuando los mismos representantes de CHYC han golpeado a los uniformados por el simple hecho de hacer su trabajo.
Los agentes de Transporte Público manifestaron que los verdaderos transportistas han estado combatiendo la ilegalidad y por eso cumplieron con el Programa de Reordenamiento Vehicular, “invirtieron recursos para poder mantener sus unidades en buen estado y con operadores capacitados y de buenas a primera, quienes se dicen “transportistas de antaño” han violentado las normas jurídicas”.
Mencionaron que estos operativos se hacen por instrucciones superiores pues hay transportistas que son competencia y que reclaman estar igual, “el suelo es parejo para todos, no es pretexto desconocer la reglamentación y hasta querer leyes a modo, aquí no vale. No podemos permitir que unos cuántos pretendan estar al margen de la ley cuando la misma autoridad ha dicho que eso no se debe permitir. Ahora ya han empezado los operativos y no pueden circular, tuvieron mucho tiempo para ponerse al corriente, ya que dejen de llorar como Magdalena, que no chillen como niños lo que no han querido defender como hombres y como prestadores de servicios”.
Y es que, de acuerdo al Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, los autotransportistas estatales o municipales, podrán enrolar o combinar sus servicios con transportistas federales, siempre que los vehículos y las instalaciones para el ascenso y descenso de pasajero presenten características y especificaciones equivalentes.
Y es que mientras los taxistas, profesionistas, burócratas, tienen forzosamente que responder ante los lineamientos de la legalidad, “el representante de CHYC busca solamente llamar la atención mediante quejas y lágrimas, para seguir siendo una línea de transporte que no cuenta con los requerimientos establecidos”.
Cabe decir que los autobuses de pasaje que no porten doble placa, federal y estatal, no tienen permitido hacer paradas en la calle principal de Orizaba que es la Poniente 7 y Oriente 6.
El personal de Transporte Público dio a conocer que los operativos seguirán y si hay unidades que no hayan cumplido se les retendrá porque están fuera de la ley, aunado que al no portar las placas correspondientes no podrá hacer paradas en lugares no autorizados, pues CHYC no cuenta con la concesión estatal y no se le permite hacer uso de este tramo carretero.
“Lo que ahora sucede es que los de CHYC andan buscando lavarse la cara y la tienen toda enlodada, pero buscan compasión para justificar su ilegalidad general, su irresponsabilidad al no contar con permisos, placas e incluso de incumplir con el reordenamiento estatal, ellos se han puesto la soga al cuello y eso ha causado que CHYC se vea inhabilitada en diversos puntos de la ciudad por parte de la Dirección General de Transporte Público (DGTP), y de eso culpa a otros, cuando los únicos culpables son ellos mismos”.
Dijeron que las acusaciones de su representante legal, han generado una serie de infundios que han confundido a la población, esto al querer ser víctimas del incumplimiento, la ilegalidad y de la falta de un orden.
Es preciso mencionar que el Reglamento de Autotransporte Federal y de Servicios Auxiliares marca que: “los autotransportes estatales o municipales podrán enrolar o combinar sus servicios con los transportistas federales, siempre que los vehículos y las instalaciones para el ascenso y descenso de pasajeros presente características y especificaciones equivalente.
Artículo 26, la Secretaría celebrará convenios con las entidades federativas a fin de delimitar las zonas aledañas y establecer las bases generales que regulan el tránsito de los vehículos que presten servicios de autotransporte estatal o municipal y utiliza en términos de caminos y puentes de jurisdicción federal ubicados en zonas conurbadas a centros de población; mediante estos convenios los servicios se sujetarán a la jurisdicción de las autoridades locales en lo que concierne a su presión seguridad y tránsito.
Mientras que el Artículo 27 expone que: Los autotransportistas podrán celebrar convenios entre sí para la prestación de servicios de una misma clase y anular sus vehículos en la ruta que tengan autorizada los convenios enrolamientos deberán hacerse del conocimiento de la Secretaría.