Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declararon inconstitucional el artículo 331 del Código Penal que sanciona el delito de Ultrajes a la Autoridad.
El máximo Tribunal del país analizó este día las acciones 59/2021 y su acumulada 66/2021, promovidas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH).
Fue en la sesión pública de este lunes, donde los magistrados en sus consideraciones determinaron que ese delito aplicable en Veracruz, atenta contra la libertad de expresión; además de que no cumple con el principio de taxatividad, es decir, que su redacción de delito no es clara.
Señalaron que incluso, ese delito no brinda seguridad jurídica, pues tiene un impacto desproporcionado en contra de las personas.
En su ponencia, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, consideró que ese delito se puede aplicar de forma arbitraria, pues en su contenido señala que a quien amenace o agreda a un servidor público se le interpondrán sanciones.
También en su análisis calificó como “irrelevante” las modificaciones realizadas el día de ayer en el Código Penal de Veracruz, donde se modificaron las fracciones ll y IV del artículo 331, y que fueron aprobadas en sesión extraordinaria por el pleno del Congreso local, el pasado domingo.
Los ministros advirtieron una “flagrante violación al principio de taxatividad”, dado que la redacción del delito no es clara y “cualquier palabra, tono de voz, gesto, burla podría ser una amenaza o agresión contra un funcionario.
“La persona podría levantar la voz, hacer movimientos rápidos o tener una actuación que podría considerarse como inadecuada por parte de las autoridades y con ello ser señalado por este delito, pese a no cometerlo”, explicó.
Hay que destacar que de los 11 ministros que integran la Suprema Corte de Justicia, 10 fueron a favor y Jorge Mario Pardo Rebolledo, votó en contra de la propuesta.