La Jueza Alma Aleida Sosa Jiménez determinó vincular a proceso a los ex mandos policiacos y los 16 policías señalados como presuntos responsables del delito de desaparición forzada en agravio de 15 personas en 2013, los cuales cuentan ya con la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa por el tiempo que dure el proceso que se sigue en su contra.
En dicha audiencia que comenzó cerca del mediodía del martes 13 de febrero y que concluyó pasadas las 5:00 horas de este miércoles, la Fiscalía General del Estado ofertó 89 medios de prueba como parte de la causa penal 22/2018 en los que se describió el modo en que se llevaron a cabo las desapariciones y en los que además se dio a conocer que algunas víctimas, entre las que se encontraban menores de edad, sufrieron abuso sexual por parte de elementos de las llamadas Fuerza de Reacción y Fuerza Especial de la Secretaría de Seguridad Pública.
Según el relato efectuado por el fiscal especializado en Atención a Denuncias por Personas Desaparecidas, Luis Eduardo Coronel Gamboa, luego de las detenciones realizadas por la Fuerza de Reacción, las víctimas eran trasladadas a sitios donde los interrogaban y se les sometía a tortura, mismos que se encontraban en las cercanías del penal de Pacho Viejo, así como en un paraje conocido como La Herradura, en la zona conocida como El Gallito, la localidad de Cinco Palos y en una zona aledaña al Fraccionamiento Casas Homex.
Con base en lo dado a conocer por la FGE, una vez que las víctimas eran detenidas e interrogada e identificadas como colaboradores de la delincuencia organizada, el comandante de la Fuerza de Reacción solicitaba instrucciones a los altos mandos, los cuales a través de la clave 0-16 ordenaban la entrega de los detenidos a la Fuerza Especial conocida como "Los Fieles" quienes de acuerdo a lo que se conoce eran los encargados de desaparecer a los detenidos, mismos que les eran entregados en alguno de los puntos que se utilizaban para dicho fin, los cuales se ubicaban en la parte baja del puente de la Central de Abastos o en la Academia de Policía de El Lencero.
Asimismo, se relató un caso en el cual la esposa de una de las víctimas, fue contactada bajo el argumento de que se le daría información de su esposo desaparecido, sin embargo al arribar al sitio donde fue citada, esta fue abordada por policías estatales y trasladada a unos cañales en donde fue violada por los uniformados, esto a pesar de que se encontraba embarazada y acompañada por su hijo de 10 meses de edad a quien incluso también habrían aplicado choques eléctricos.
Un suceso similar fue el ocurrido con una víctima menor de edad, la cual fue detenida en compañía de otro de los desaparecidos el 13 de junio de 2013 en la carretera Banderilla - Jilotepec por ser sospechosos de colaborar con un grupo de la delincuencia organizada y que tras su detención también fue abusada sexualmente y torturada con descargas eléctricas.
De igual manera, se reveló que dentro de los testigos con que cuenta la Fiscalía, se encuentran cuatro elementos de la Fuerza de Reacción cuya identidad se encuentra reservada, y quienes habrían brindado información del modo en que se llevaron a cabo las desapariciones, así como cuatro entrevistas a personas que habrían sido víctimas de detención y tortura bajo dicho esquema, las cuales posteriormente fueron liberadas.
DEFENSA BUSCÓ ANULAR AUDIENCIA
Al iniciar la audiencia, la defensa presentó ante la impartidora de justicia una queja por la divulgación de datos personales de los imputados y solicitaron una lista de los medios de comunicación presentes en la audiencia, así como la lectura al artículo 15 del Código Nacional de Procedimientos Penales en el que se hace mención de que los imputados tienen derecho a la intimidad y a la protección de sus datos personales.
Posteriormente, los abogados defensores solicitaron la anulación de la audiencia de vinculación pues señalaron que la FGE no había solicitado la misma en el momento procesal pertinente, sin embargo la jueza determinó que la petición era improcedente pues no existió violación al debido proceso.