Para el ex Sub Procurador de Justicia, Jorge Yunis Manzanares, la recién aprobada ley que permite la legítima defensa en Veracruz, le hace falta "dientes", para poder proteger a los ciudadanos, como si lo hace la ley en Hidalgo y Guanajuato.
No hubo cambios sustanciales a la reforma que permite portar armas para que puedan defender su hogar "porque esta ley dice que, si alguien se mete a tu casa, te golpea, te dejan inconsciente y al rato te defiendes ya no es actual y por lo tanto se cometería un delito".
El Congreso local de Veracruz aprobó el dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 25 del Código Penal del Estado de Veracruz que establece la suspensión de sanciones por legítima defensa.
El dictamen reformó la fracción III y derogó la fracción IV del artículo 25 del Código Penal del Estado de Veracruz.
Se define la legítima defensa como el actuar en defensa de su persona, de su familia, de su honor o sus bienes, de la persona, honor o bienes de otro; repeliendo una agresión actual, violenta, sin derecho, y de la cual resulte un peligro inminente; a no ser que se pruebe que intervino alguna de las circunstancias siguientes:
A) Que el agredido provocó la agresión, dando causa inmediata y suficiente para ella.
B) Que previó la agresión y pudo fácilmente evitarla por otros medios legales.
C) Que no hubo necesidad racional del medio empleado en la defensa; y
D) Que el daño que iba a causar el agresor, era fácilmente reparable después por medios legales o era notoriamente de poca importancia comparado con el que causó la defensa.
Yunis Manzanares, puntualizó que no hubo cambios sustanciales, "se quedó con los mismos preceptos que la vez anterior, no coincido, porque hubiera quedado mejor como en Nuevo León, Hidalgo, donde se establece que si encuentras a alguien en tu domicilio es legítima defensa y aquí hay muchos requisitos".