La morenista Tatiana Clouthier, una de las que se abstuvo de votar; considera que, como quedó, da al Estado carta abierta para disponer de bienes de una manera discrecional
Aprueban Extinción de Dominio aun en muertos
Por: La Razón
2019-07-26 - 08:44:00 / Ciudad de México

La Cámara de Diputados aprobó la Ley Nacional de Extinción de Dominio que se aplicará contra personas involucradas en actos relacionados con el crimen organizado y sus herederos, incluso, sin haber una sentencia firme por parte de la autoridad judicial.

Los recursos obtenidos de esta medida serán destinados según determine el Gabinete Social de la Presidencia de la República, principalmente a la provisión de servicios públicos, programas sociales y políticas prioritarias.

La norma define a la extinción de dominio como “la pérdida de los derechos que tenga una persona en relación con los bienes a que se refiere la propia ley, declarada por sentencia de una autoridad judicial, sin contraprestación ni compensación alguna para su propietario”.

Además, la muerte de quien se hubiera encontrado sujeto a investigación o proceso penal no anula su aplicación, por lo que las consecuencias subsisten aun contra los herederos.

En la sesión extraordinaria, el pleno de San Lázaro avaló el dictamen en lo general con 420 votos a favor, 10 en contra y nueve abstenciones; y en lo particular con 291 votos en pro, 114 en contra y cinco abstenciones, por lo que fue turnado al Ejecutivo federal para su publicación.

Dos de esas abstenciones fueron de las morenistas Tatiana Clouthier y Lorena Villavicencio. Al subir a la tribuna para justificar su voto, la hija de Maquío advirtió: “Lo que estamos aprobando en este dictamen es dar al Estado una carta abierta para disponer de los bienes de una persona incluso sin que exista sentencia firme que muestre que el bien decomisado fue obtenido por actos ilícitos.

“Esto podría ser discrecional, y digo podría porque pudiese ponerlo como un acto de no justicia. El riesgo de aprobar el dictamen como está es que la extinción sea inoperante al recurrir la figura de venta anticipada en los tribunales”, resaltó.

La legisladora enfatizó que el artículo 228 provocará en la práctica que cualquier venta anticipada pudiese ser justificable y, peor aún, que la naturaleza de la extinción de dominio cambie de una herramienta para hacer justicia, a un modo de hacer negocio “todavía de los más poderosos o de quien tiene el poder de decidir”.

La ley señala que los delitos susceptibles de extinción son: secuestro; delincuencia organizada; los cometidos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos; contra la salud; trata de personas; por hechos de corrupción; encubrimiento; los perpetrados por servidores públicos; robo de vehículos; uso de recursos de procedencia ilícita y extorsión.

También prevé el principio de retrospectividad, que permitirá que su aplicación se realice sobre bienes de origen ilícito sin consideración de temporalidad, es decir, serán imprescriptibles.

El priista Enrique Ochoa también rechazó que se aplique la medida sin sentencia firme por una autoridad judicial.

 
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