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SCJN ordena al Gobierno de Veracruz acatar medidas para el hallazgo oportuno de una persona desaparecida
Señala varias omisiones por parte de las autoridades veracruzanas en un caso de desaparición forzada
: Foto / Agencias
Osiris Muñoz
Xalapa, Veracruz / 2021-06-21 - 13:58

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo y ordenó al Gobierno de Veracruz acatar las medidas y acciones emitidas por el Comité contra la Desaparición Forzada de la Organización de Naciones Unidas (ONU), lo anterior con el propósito de que el estado tome las medidas necesarios para el hallazgo oportuno de una persona desaparecida.

Hay que recordar que el pasado 16 de junio la Primera Sala resolvió el recurso 1077/2019 interpuesto por la madre de una persona víctima de desaparición forzada en 2013.

Se señala que en el recurso la madre reclamó algunas de las omisiones de las que fueron víctimas entre ellas: la omisión de implementar, coordinar y efectuar una investigación diligente, exhaustiva, imparcial y seria para lograr la localización de su hijo.

También indica omisión de realizar las diligencias para la persecución del delito de desaparición, así como para dar con los responsables; la negativa de proporcionar copias y acceso a las averiguaciones previas, la omisión de implementar las medidas y acciones urgentes emitidas respecto a este caso por el Comité contra la Desaparición Forzada de las Naciones Unidas.

En el documento se lee que se “resolvió que el cumplimiento de las medidas y acciones urgentes, emitidas por el Comité contra la Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), es obligatorio para las autoridades del Estado mexicano, en sus distintas competencias. Además, dicho cumplimiento debe ser supervisado judicial y constitucionalmente”.

La Primera Sala revocó el sobreseimiento decretado en relación con los actos reclamados al Fiscal General del Estado de Veracruz, a la Fiscalía Especializada para la Atención de Denuncias por Personas Desaparecidas, Zona Centro Veracruz y al Titular de la Fiscalía Especializada para la Atención de Denuncias por Personas Desaparecidas.

La Suprema Corte confirmó un amparo concedido y amplió sus efectos para vincular a las autoridades mencionadas al cumplimiento de las labores de investigación, esclarecimiento de los hechos y localización de la persona desaparecida.

“Asimismo, la Primera Sala decidió conceder el amparo para ordenar a las autoridades responsables que acaten, en sus términos, las medidas y acciones urgentes emitidas por el Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU. Ello, toda vez que dicho Comité es el órgano autorizado para interpretar la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas”.

Lo anterior para que el Estado tome las medidas necesarias para el hallazgo oportuno de una persona desaparecida a fin de garantizar su derecho a ser buscado.


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