La noche de este domingo el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) determinó ampliar hasta el 28 de febrero la recolección de firmas para candidatos independientes que aspiran a participar en el proceso electoral del 2020-2021.
Desde el día sábado, algunos aspirantes han decidido no continuar con su aspiración, debido ha que no han podido recabar las 12 mil formas que el Organismo Público Local Electoral (OPLE) les pide como requisito para obtener su registro.
Por esta razón, el Pleno del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), revocó el Acuerdo OPLEV/CG067/2021 y en consecuencia, se determinó ampliar el periodo para la recolección de firmas para candidatos independientes para que concluya el próximo 28 de febrero para la obtención de apoyo ciudadano.
El recurso fue interpuesto por Agustín Arcos Gamboa, José Alberto Chavela Covarrubias y Omar Herrera Parras, quienes se ostentan como aspirantes a una candidatura independiente.
En su resolución, determina que si bien los aspirantes a candidatos independientes conocían los plazos establecidos en la Convocatoria emitida por el OPLEV, lo cierto es que ante la contingencia sanitaria derivada de la pandemia del Covid-19, que ha limitado la movilización de personas desde el treinta y uno de marzo de 2020.
Explica que la circunstancia extraordinaria que se vive hace necesaria la ampliación del plazo para la recolección de apoyo de la ciudadanía como medida extraordinaria.
"Se estima pertinente otorgar efectos extensivos para la totalidad de aspirantes a candidaturas independientes que actualmente se encuentran recolectando firmas de apoyo de la ciudadanía en el marco del Proceso Electoral Local 2020-2021, pues con ello se asegura el cumplimiento del principio de igualdad en el ejercicio de los derechos político-electorales de las personas interesadas en contender por la vía independiente".
Respecto a la modificación del porcentaje de firmas de apoyo de la ciudadanía del 3 por ciento al 1 por ciento para obtener el derecho a registrarse en la modalidad de candidatura independiente, el Tribunal declaró infundado.
Por lo que hace al resto de los agravios, fueron declarados inoperantes, esto es así, ya que, para el derecho a ser registrado como candidato independiente se debe cumplir con los requisitos, condiciones y términos que al efecto precise la Ley. Asimismo, es necesario destacar que dicha disposición cumple con los criterios de legalidad, finalidad, necesidad y proporcionalidad.