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PRI Veracruz celebra resolución de la SCJN
Era una reforma 'amañada' que buscaba afectar el proceso electoral del 2021: Marlon Ramírez
: Foto / Cortesía
Osiris Muñoz
Xalapa, Veracruz / 2020-11-23 - 14:10

El PRI en Veracruz, celebró la
resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en la que confirmó la invalidez de la Reforma Electoral impulsada por Morena en Veracruz, el partido acusó que era una reforma "amañada" que buscaba afectar el proceso electoral del 2021.

El presidente del CDE del PRI en Veracruz, Marlon Ramírez Marín, consideró que hoy la Suprema reafirma a los veracruzanos una mayor certeza en las elecciones del 2021.

“A pesar de que nos quisieron debilitar e impedir que acudiéramos a las instancias correspondientes a impugnar estos atropellos, ya que cuando se interpuso el recurso por vía electrónica debido a la pandemia por SARS CoV2, quisieron hacerlo inválido, no claudicamos e insistimos, pues desde un inicio sabíamos que era una reforma amañada que atenta contra los pueblos indígenas”, resaltó.

Indicó que varios partidos políticos emprendieron una lucha jurídica para tratar de revertir esta reforma, “pero agradecemos el trabajo, la comunicación y la unión de fuerzas, en especial al Partido Acción Nacional (PAN) y al Partido de la Revolución Democrática (PRD), presidido por Sergio Cadena Martínez y su antecesor Jesús Velásquez.

Asimismo, reconoció la resolución emitida el viernes 20 de noviembre, por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la que se ordena restituir las administraciones económicas de agosto a diciembre de 2020 a los partidos políticos, “pero nuestro fin principal es, y ha sido, no retroceder en los derechos electorales de los veracruzanos.”

El proyecto aprobado por la SCJN, determina la reviviscencia de las normas existentes previas a la reforma realizada mediante el decreto 576, es decir, el próximo proceso electoral del estado de Veracruz, deberá regirse por las normas que estaban vigentes previo al decreto invalidado.

Además, quedó claro y establecido que conforme a lo dispuesto por el artículo 105 fracción segunda, segundo párrafo de la Constitución Federal, la legislación anterior cobra de nuevo vigor, y no puede ser reformada durante el proceso electoral salvo que se trate de modificaciones no fundamentales, además se propone que la invalidez decretada surta sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de la sentencia al Congreso del Estado de Veracruz.


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