El Tribunal Electoral del Estado de Veracruz, dio revés al Congreso local en el caso de Actopan, ahora, tendrán siete días para definir quién debe estar al frente de la alcaldía.
Fue en sesión virtual realizada la noche de este lunes, que los magistrados determinaron revocar el Acta de Cabildo en la que se nombró a Eduardo Carranza Barradas como “alcalde interino”, al considerar que hubo diversos vicios e irregularidades durante su nombramiento, además recordaron que dicha figura legal no existe.
Incluso, precisaron que si se pretendía mantener un suplente al frente de la alcaldía, la ley define que el nombramiento no puede superar los 60 días, y en este caso, el plazo venció el pasado 10 de mayo.
Al revisar el expediente SX-JDC-178/2020, que remitió la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los magistrados señalaron que ellos sólo están acatando la sentencia del TEPJF que les pidió atender la demanda del José Alfredo López Carreto.
Asimismo, se deslindaron de la sentencia, al asegurar que no determinaron cuál debe ser el actuar del Congreso, sólo le recuerdan que es la autoridad competente para tomar cartas en el asunto.
“El Cabildo no actúo en acatamiento a las normas y al decreto, que en aquel momento estaba vigente; aunado a que, incluso la misma Ley Orgánica no contempla el término interino, al que se alude en el acta de sesión de cabildo 21, de cuatro de marzo”.
Y mencionaron que luego de revocar el mandato al alcalde José Paulino Domínguez y la síndica Yazmín Barradas, el Congreso debió haber llamado al suplente y no a un regidor.
Por ello, se determinó que el Congreso tiene siete días hábiles para dar certeza y seguridad jurídica a su actuación, así como a las circunstancias jurídicas de la controversia constitucional 17/2020.
También tendrá que emitir un pronunciamiento, en lo relativo a quién debe estar al frente de la Presidencia Municipal de Actopan.