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En Xalapa se limitarán actividades de establecimientos comerciales por el Día del Maestro
Restaurantes limitarán la venta de alcohol de 12 a 5 de la tarde
Xalapa, Veracruz: Foto ILUSTRATIVA / Archivo
Osiris Muñoz
Xalapa, Veracruz / 2020-05-13 - 16:34

En Xalapa se limitan del día 14 al 17 de mayo las actividades realizadas por los establecimientos comerciales relacionadas con la conmemoración del “Día del Maestro”.

De acuerdo con lo establecido en la Gaceta Municipal, en la ciudad se suspende la realización de fiestas o reuniones por este motivo.

Se informa que los restaurantes, así como los establecimientos de alimentos preparados, en los que el consumo se lleve a cabo dentro de los locales, podrán mantender su operación hasta en un 25% de su aforo como máximo, siempre y cuando ese porcentaje no implique aglomeraciones, privilegiando el servicio para llevar o de entrega a domicilio, y cuidando en todo momento las medidas de sana distancia, previstas en la acuerdos municipales.

Los establecimientos comerciales en donde además exista venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado, incluidos aquellos en donde haya también venta de alimentos, abarrotes o similares, limitarán su venta de bebidas alcohólicas únicamente para llevar y de entrega a domicilio, dentro de los horarios comprendidos de las 12 a las 17 horas, cumpliendo con las medidas establecidas.

También se exhorta a la población en general que se encuentra en el territorio del municipio de Xalapa, Veracruz, incluidas sus Congregaciones, a no llevar a cabo reuniones, eventos, fiestas u otro tipo de celebraciones tanto públicas como privadas durante el tiempo que dure la epidemia sanitaria originada por la enfermedad COVID-19 que no tengan el carácter de actividades esenciales establecidas en el Acuerdo de fecha 2 de abril de 2020, con número extraordinario 010, publicado en la Gaceta Municipal del H. Ayuntamiento de Xalapa.

Igualmente se exhorta a los establecimientos comerciales en donde se lleva a cabo la venta de bebidas alcohólicas, a coadyuvar en el control del consumo de este producto, estableciendo ventas limitadas por persona, en quincenas, días de mayor afluencia, o en su caso, tratándose de fechas en donde se lleve a cabo alguna celebración o conmemoración marcada por el calendario 2020, durante todo el tiempo en que esté vigente la declaratoria de emergencia sanitaria ocasionada por la enfermedad COVID-19.

Lo anterior, con la finalidad de evitar que la población realice eventos en los que se pueda aglomerar un grupo considerado de personas y que pueda propiciar la propagación del virus SARS COV-2 (COVID-19).


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