Con 46 votos a favor, el Congreso de Veracruz aprobó la iniciativa presentada por la diputada local del PAN, Montserrat Ortega Ruiz, en la que se establece que en los sitios públicos se debe colocar señalética adaptada al sistema Braille, como medida incluyente para las personas con discapacidad, especialmente para quienes padecen discapacidad visual o ceguera.
El dictamen con Proyecto de Decreto que adiciona un párrafo al Artículo 63 y el Artículo 63 bis, a la Ley de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres para el Estado, detalla que todos los establecimientos de acceso al público, ya sea de la iniciativa privada o instituciones gubernamentales, deben colocar señalética informativa, preventiva, restrictiva, de obligación y de equipos de seguridad, en sistema Braille.
Cabe recordar que la iniciativa fue presentada por la legisladora el pasado 5 de diciembre, luego de que reconoció que en el estado existe una cantidad importante de personas con debilidad visual o ceguera, quienes dijo, no tienen acceso a la señalética de Protección Civil, por lo que en una emergencia son un sector que se encuentra en riesgo.
“La señalética en el país y en el estado de Veracruz no está diseñada para personas que tienen discapacidad visual y en ese sentido queremos que toda la señalética sea presentada en braille”, detalló la diputada.
Mencionó que según un estudio del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) y de acuerdo con los datos de la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica ENADID1 2014, asisten a la escuela 40.4 por ciento de hombres de entre 3 y 29 años de edad con discapacidad visual y 50.6 por ciento de mujeres con esa misma discapacidad.
Por ello y considerando que las personas con discapacidad visual tienen derecho a desplazarse libremente y sin riesgos en lugares públicos, debe establecerse que todos los establecimientos de acceso al público coloquen señales en sistema Braille.
La señalética en materia de Protección Civil, además de incluir el texto en sistema braille, debe ser elaborada conforme a las Normas Oficiales Mexicanas y Tratados Internacionales aplicables.
De la misma forma, deberá estar colocada una altura de entre 110 y 130 centímetros del piso base y tendrá que tener una dimensión máxima de 30 centímetros de ancho. Ésta se ubicará a una distancia máxima de 20 centímetros del vano de la puerta, del lado de la manija o botones, en su caso.
Cuando existan puertas de doble hoja o no exista puerta, la señalización debe estar colocada en la pared más cercana, preferentemente del lado derecho.
En rampas, escaleras o intersección de pasillos que contengan pasamanos, se colocará, en el inicio y final de éstos, información en sistema Braille que indique el número de piso o la referencia de alguna señalización en muro.
La señalización del sistema Braille, deberá atender la medida estandarizada internacionalmente, respetando dichos parámetros para su correcta interpretación.
La escritura en Braille dentro de un señalamiento se colocará en la esquina inferior izquierda a una distancia de entre 1 y 3 centímetros del borde del mismo.
De acuerdo con el artículo segundo transitorio, la señalización ordenada en el decreto, deberá colocarse a más tardar en un plazo de 180 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor del mismo.