El pasado 5 de agosto de 2019, la Suprema Corte de Justicia nos sorprendió con una terrible noticia que atenta contra el derecho de los más indefensos, multiplica las víctimas, genera impunidad y abre la puerta para que el aborto se practique de forma indiscriminada.
Realmente es preocupante que el máximo tribunal de la nación mexicana se declare en estos términos.
La Suprema Corte avaló la Norma Oficial Mexicana 046 que ordena a todos los hospitales públicos interrumpir el embarazo que sea resultado de una violación, sin necesidad de que la víctima denuncie el delito ante el Ministerio Público ni de verificar si el delito realmente existió.
Por 8 votos a favor y 3 en contra, el pleno de la Suprema Corte declaró infundada una controversia constitucional que había promovido el Gobierno de Baja California, donde se alegaba que la reforma a la NOM-190-SSA1-1999, emitida por la Secretaría de Salud Federal, fue ilegal y afectaba atribuciones estatales. También el Estado de Aguascalientes, había promovido una acción parecida.
En una declaración, el presidente del más alto tribunal, Arturo Zaldivar dijo: “Me parece que este tribunal pleno tiene que mandar un mensaje muy claro de que se protegen los derechos de las mujeres, y esta norma tiende a hacer mucho más laxo, fácil y sencillo el acceso a este derecho Constitucional cuando las mujeres han sido afectadas de manera grave en su libertad sexual”.
Con la NOM-046, avalada por el supremo tribunal de justicia, lo único que se hace es castigar al concebido que no tiene ninguna culpa de existir y por otra parte se genera impunidad ya que no se lleva ante la justicia al violador que es el verdadero causante del embarazo en cuestión. La gran mayoría de los casos de violación se dan muchas veces en la casa de la víctima, por algún familiar o alguien cercano a la víctima. Este problema se deja de lado y se justifica, en nombre de los derechos de las mujeres, el asesinato de un inocente, los concebidos, producto de una violación.
Con esta norma, toda mujer a partir de los 12 años puede solicitar el aborto sin necesidad de notificar a los padres de familia. Ni siquiera contempla avisar a la Procuraduría de defensa de niños, niñas y adolescentes. Es una norma violatoria que atenta gravemente contra el interés superior de la niñez.
Estamos realmente frente a una norma injusta, ambigua y perversa que ahora se impondrá en todos los hospitales públicos. ¡Qué contradicción más grande, normalmente uno acude a un hospital para buscar la salud y proteger la vida, no para causar la muerte. Con esta norma, los hospitales serán convertidos en un patíbulo para ejecutar inocentes. Las leyes o las normas son para proteger o promover las cosas buenas, no la maldad.
Por otra parte, la NOM-046 genera más víctimas pues expone a la mujer a un doble episodio traumático, el de la violación y el del aborto. La tragedia que vive una mujer que ha sido agredida sexualmente se hace más grande al momento mismo de ofrecerle una salida fácil, para convertirla en asesina de su propio hijo, no obstante que éste haya sido concebido como producto de una violación. Existen otras alternativas para salvaguardar a la madre y a su bebé.
La legislación y las normas jurídicas y administrativas como es el caso de la NOM-046, deberían salvaguardar los derechos de la mujer garantizándole el acceso a tratamientos o terapias que le ayuden a superar el abuso sexual. Estableciendo además procedimientos que
permitan un adecuado seguimiento y sanción de los delitos de violación, atacando la impunidad. El enfoque de esta norma debería ser en favor de la integridad física y mental de la mujer así como del bebé que lleva en su vientre. ¡Salvemos las dos vidas!
Otro aspecto muy delicado es que al eliminar el requisito de un análisis médico formal y sustituirlo por un escrito bajo protesta de decir verdad elaborado por la “víctima”, se abre la puerta para que esta norma (NOM-046) sea utilizada para acceder en forma indiscriminada al
aborto, bajo el argumento de una supuesta violación. Desde el ámbito jurídico, se abre la puerta para normalizar una conducta antisocial que genera muerte y aumenta las víctimas de la violencia.
El aborto nunca podrá ser un derecho humano; el exterminio de los inocentes es un delito de lesa humanidad; no se puede defender un “falso derecho” a costa de la vida de los demás.
Esta decisión está equivocada y fomenta la violencia contra las mujeres en México. La NOM-046 genera violencia, es inhumana y provoca el exterminio de los inocentes en nuestro país.
Pbro. José Manuel Suazo Reyes
Director
Oficina de Comunicación Social
Arquidiócesis de Xalapa