La Secretaría de Gobierno dio por terminada de manera definitiva la patente para el ejercicio de la Función Notarial de Edgar Spinoso Carrera, como Titular de la Notaría Número Veinte de la Décima Primera Demarcación Notarial con Domicilio en Avenida Sol No. 4, Fraccionamiento Girasoles Código Postal 91634, Dos Ríos, Emiliano Zapata.
En la Gaceta Oficial del Estado de este martes 6 de agosto de 2019, en el número extraordinario 312 se indica que se deja sin efecto la Patente emitida mediante acuerdo de fecha diez de julio del año dos mil nueve y firmada por el entonces Gobernador Constitucional del Estado en fecha trece de julio del año dos mil nueve. Lo anterior de conformidad con el artículo 175 fracciones V y VI de la Ley del Notariado en vigor para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
En consecuencia, y con fundamento en el artículo 73 de la Ley del Notariado en vigor para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, se deja sin efecto el nombramiento expedido a la Licenciada Carolina Grajales Castro, como Notaria Adscrita del Licenciado Edgar Spinoso Carrera, de fecha veintidós de enero del año dos mil diez, expedido por el entonces Gobernador del Estado; dejando a salvo sus derechos que le otorga la patente de Aspirante al Ejercicio del Notariado de fecha once de agosto del año dos mil ocho, expedida por el entonces Gobernador del Estado.
Se designa como encargada del Despacho de la Notaría en mención, a la Licenciada María Fernanda Troncoso Coutiño, Titular de la Notaría número Veintitrés de la Décima Primera Demarcación Notarial con residencia en el Municipio de Las Vigas de Ramírez, Veracruz.
Lo anterior, con el propósito de facilitar a los usuarios de la Notaría Número Veinte de la Décima Primera Demarcación Notarial, con residencia en Dos Ríos, Emiliano Zapata, Veracruz de Ignacio de la Llave, el trámite de los instrumentos ya iniciados, expedir los testimonios, copias certificadas o certificaciones que correspondan, a solicitud de la parte interesada, que hubieren quedado pendientes por el Licenciado Edgar Spinoso Carrera.
Durará en dicho encargo el término estrictamente necesario para cumplir con la encomienda, el cual no excederá de noventa días naturales, a partir de la fecha en que asuma el encargo, lo anterior de conformidad con el artículo 182 de la Ley del Notariado en vigor del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.