El Congreso del Estado autorizó sancionar hasta con cinco años de cárcel y una multa económica de 100 Unidades de Medida y Actualización (UMA), a quien fotografíe, videograbe o difunda imágenes de un cadáver o restos humanos que se encuentren bajo resguardo de una institución forense.
Al aprobar el dictamen para reformar el artículo 298 del Código Penal, se establece que solo las personas legalmente facultadas para fotografiar y tomar vídeo de un cadáver o restos humanos pueden hacerlo.
Las penas incrementarían hasta una tercera parte en caso de que el delito sea cometido por un servidor público o quien ejerza una profesión, utilice los medios o circunstancias derivadas de ello y tenga bajo su custodia o resguardo un cadáver o restos humanos.
Cabe mencionar que esta iniciativa surgió luego de que fueran filtradas a la prensa, las imágenes del cadáver de la empresaria Susana Carrera en el Servicio Médico Forense (SEMEFO), de Coatzacoalcos el pasado 18 de febrero.
El dictamen, fue propuesto por el diputado de Morena, Henri Christopher Gómez Sánchez, quien afirmó que con lo que se busca es proteger los derechos post mortem (después de la muerte), así como de los familiares de las personas fallecidas.
Además, detalla que el Estado es uno de los sujetos responsables de la procuración de los derechos post mortem, principalmente en lo referente al tratamiento del cadáver y restos cuando es necesario realizar diversas investigaciones.
El dictamen fue aprobado por unanimidad.