La diputada, Judith Pineda Andrade, presentó un decreto que reforma los párrafos primero y cuarto del artículo 103, la fracción IV y el último párrafo del artículo 104 y el artículo 122 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Veracruz, donde se precisa que el nombramiento de Procurador Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes será otorgado por el gobernador del estado.
Se elegirá de una lista de diez aspirantes presentada por el Sistema Estatal de Protección Integral, quien previamente emitirá una amplia convocatoria pública en la que podrán participar ciudadanos propuestos por organizaciones de la sociedad civil de protección y promoción de los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes.
Para una efectiva protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes, el estado contará con una Procuraduría Estatal de Protección, la cual será un organismo público descentralizado, con autonomía técnica y de gestión, sectorizado a la Oficina del gobernador del estado.
La Procuraduría Estatal de Protección contará con representaciones municipales, denominadas Procuradurías Municipales de Protección, a efecto de lograr la mayor presencia y cobertura posible en los municipios, en términos de lo previsto por la presente Ley.