La fracción del PAN presentó en la sesión de este jueves una iniciativa para evitar que las propuestas legislativas se queden en la llamada “congeladora”.
Fue el diputado panista, Rodrigo García Escalante, quien expuso que en la historia de los congresos mexicanos, siempre existieron dos problemáticas en este sentido, el primero, la apatía que podían generar ciertos proyectos, no teniendo impulso para ser dictaminados y el segundo, cuando con una intención claramente política se determina que una iniciativa no se dictamine y permanezca archivada en sus términos.
“Este fenómeno es coloquialmente conocido como la “congeladora”, sin embargo, el problema recobra una dimensión particular cuando se observa el porcentaje de iniciativas que no se lograron dictaminar, por ejemplo, en las Legislaturas LXI, LXII Y LXIII”.
Al leer dicha iniciativa, el legislador expuso que el Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional se ha caracterizado por ser el que más iniciativas tanto de Ley y de Decreto ha propuesto históricamente, es decir, el número de iniciativas que no se dictaminaron es muy alto.
De ahí que propone se reformen los párrafos primero y tercero del artículo 66 y se adiciona el artículo 67 Bis, ambos del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave para quedar como sigue: Artículo 66. Las comisiones emitirán su dictamen dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha en que hayan recibido el expediente, tomando en cuenta la agenda legislativa y la trascendencia del asunto en cuestión, así como las consultas o comparecencias que deban efectuarse. Las comisiones, por su parte, podrán solicitar por escrito al Presidente de la mesa Directiva, con la aprobación de la mayoría de sus integrantes dentro del término para dictaminar, una prórroga única que no excederá de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente en que se hubiere cumplido dicho término.
Además de que el Artículo 67 Bis expone que si el dictamen correspondiente a la iniciativa no se ha presentado, transcurrido el plazo para dictaminar, incluyendo la prórroga, si existiere, se tendrá por precluida la facultad de la comisión o comisiones para hacerlo, observándose lo siguiente: I. El Presidente de la Mesa Directiva requerirá al Presidente de la Comisión Permanente rectora de los trabajos de dictaminación el turno con el expediente que corresponda para someterlo a la Junta de Trabajos de Legislativos. II. La Junta de Trabajos Legislativos deberá de incluirla el proyecto de iniciativa de Ley o Decreto en el orden del día de la siguiente sesión, para su discusión y votación.