La reforma al segundo párrafo del artículo 68 de la Constitución Política de Veracruz ya cobró vigencia al publicarse en la Gaceta Oficial del Estado, por lo que a partir del proceso electoral local del año 2021, que renovará las 212 alcaldías de la entidad, se deberán tomar en cuenta a las candidaturas independientes para el reparto de las regidurías por el principio de representación proporcional.
Antes de la reforma ese derecho era exclusivo de los partidos políticos.
Con esa nueva disposición se concede el derecho a las candidaturas independientes a participar en la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional.
La reforma al referido artículo señala que en la elección de los ayuntamientos, el partido político o la candidatura independiente que alcance mayor número de votos obtendrán la presidencia y la sindicatura. Las regidurías serán asignadas a cada partido y a la candidatura independiente, incluyendo a aquel que obtuvo la mayor votación, de acuerdo al principio de representación proporcional, en los términos que señale la legislación del Estado.
Mientras que los agentes y subagentes municipales se elegirán de acuerdo a lo establecido por esta Constitución y la Ley Orgánica del Municipio Libre, la que señalará sus atribuciones y responsabilidades.