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Jueces, a descansar
Podrán gozar de una licencia con goce de sueldo por 30 días naturales cada tres años

Xalapa, Veracruz / 2018-10-13 - 10:51

Los Jueces de Primera Instancia podrán gozar de una licencia con goce de sueldo por 30 días naturales cada tres años, así lo determina el Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de Veracruz, mismo que después de siete años de vigencia fue reformado.

Se trata de una muestra de gratitud a los jueces de Primera Instancia del Poder Judicial por sus servicios y además, para garantizar en su desarrollo armónico profesional y familiar.

El Reglamento establece que para gozar de ese beneficio, los Jueces deberán presentar la solicitud ante la Secretaría de Acuerdos con 90 días naturales de anticipación, aunque no podrán gozar de este derecho más de cinco Jueces en un mismo período.

También delimita las funciones de la Contraloría del Poder Judicial que es un órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura que tendrá a su cargo las facultades de control y la inspección del cumplimiento de las normas de funcionamiento administrativo que rijan a los órganos, autoridades, servidores públicos y empleados del propio Poder Judicial, con excepción de aquéllas que correspondan expresamente al Tribunal Superior de Justicia.

La Contraloría se regirá por los principios de excelencia, profesionalismo, independencia, honestidad, eficiencia, imparcialidad, legalidad y objetividad, así como lo establecido en los Códigos de Ética y de Conducta. La organización, estructura, funcionamiento y atribuciones de la Contraloría se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica, su propio reglamento y demás normatividad aplicable.

Y crea la Dirección de Asuntos Jurídicos como un área del Consejo, que tendrá a su cargo, la asesoría, consultoría, defensa y representación jurídica del Poder Judicial.

Esa Dirección planeará y conducirá sus actividades con sujeción a los planes, programas, objetivos, estrategias y prioridades establecidas en la Ley Orgánica, el Reglamento y el Plan de Impartición de Justicia, de manera tal que su objetivo se encamine al logro de las atribuciones previstas y al despacho de los asuntos que le atribuye la normatividad de la materia.

También se actualiza la denominación y competencia de los Juzgados de la entidad, formaliza la existencia de los Juzgados Micro Regionales, y delimita las funciones de nuevas figuras judiciales como los administradores judiciales de causa.

Y se conceden nuevos beneficios tanto para los trabajadores como para los ciudadanos, como la creación de la Visitaduría Judicial que fungirá como auxiliar de los Magistrados visitadores y coadyuvará junto con personal autorizado en las visitas a cada uno de los Juzgados del Poder Judicial, con el objetivo de tener certeza de cómo se encuentran los Juzgados.


Para el desarrollo de sus funciones contará con el personal necesario que autorice el Consejo, cuyas atribuciones, funciones y actividades de cada una de sus áreas quedarán señaladas en este Reglamento, la actuación de los servidores públicos que la integren, se regirá por los principios de honestidad, eficiencia, imparcialidad, legalidad, objetividad, así como lo establecido en los Códigos de Ética y de Conducta; con la obligación de guardar estricta reserva y confidencialidad sobre los documentos, actuaciones, observaciones o información que tenga conocimiento con motivo del ejercicio de sus funciones.


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