Con la entrada en vigor de la reforma al artículo 28 de la Constitución Política de Veracruz, el Congreso del Estado ya no tendrá la obligación constitucional de realizar una sesión foránea por lo menos una vez al año en la cabecera de algún municipio del norte, centro o sur del Estado, salvo que exista el acuerdo de las dos terceras partes, es decir, la mayoría calificada de los diputados presentes.
Al eliminar el párrafo que obligaba a la Legislatura realizar una sesión foránea una vez al año, el Congreso del Estado tendrá un plazo de 60 días naturales, contados a partir de mañana miércoles, para adecuar las leyes relativas y notificar a los otros poderes dicha determinación.
Argumentado y justificado por la situación económica de Veracruz, la reforma aprobada en dos periodos consecutivos de sesiones ordinarias, ratificadas por la mayoría de los Cabildos, promulgada y publicada en la Gaceta Oficial del Estado.
Los legisladores consideraron que debido a que la entidad no atraviesa su mejor etapa en términos económicos y financieros, la austeridad, la racionalidad y la eficiencia en el uso de los recursos públicos y su gasto, deben ponderarse siempre en aras del beneficio común.
En sentido estricto de austeridad y congruencia, se determina que no se puede mantener en el sistema jurídico una disposición que ha permitido un uso infundado de recursos que bien podrían tener un mejor destino.
Es anacrónico, movilizar todos los recursos, tanto materiales como humanos, a diferentes puntos de la geografía veracruzana, con el alto costo que ello representa, no hay justificación y resulta un gasto oneroso.