Desde hoy sábado, la Agencia Estatal de Energía de la Secretaría de Desarrollo Social ya cuenta con su Reglamento Interno que norma las bases para su estructura orgánica, funcionamiento, administración y competencia de las áreas administrativas que la integran.
Dicha agencia contará con un Órgano de Gobierno como su órgano máximo y un Órgano de Vigilancia, que tendrá un Órgano Interno y podrá establecer oficinas de representación en otros lugares dentro del estado y la Ciudad de México.
La Agencia Estatal de Energía es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del estado de Veracruz, con autonomía técnica, administrativa y de gestión con personalidad jurídica y patrimonio propios, sectorizado a la SEDECOP y con sede en la esta ciudad de Xalapa,
El Órgano de Gobierno estará integrado por un Presidente, que será designado y removido libremente por el gobernador del estado; un Secretario Ejecutivo, quien será designado por el presidente del Órgano de Gobierno; cuatro vocales, que serán designados y removidos libremente por el gobernador del estado, y un comisario, nombrado por el titular de la Contraloría General del Estado, quien tendrá voz, pero no voto.
El Órgano de Vigilancia estará integrado por un Órgano Interno de Control y por un comisario público propietario y un suplente, cuyos titulares estarán presupuestal y orgánicamente adscritos a la Contraloría General del Estado y serán designados por ésta.
La Agencia Estatal de Energía tiene por objeto, entre otros, impulsar, promover y ejecutar la política de desarrollo energético del estado, la realización en el territorio veracruzano de las actividades correspondientes a las áreas estratégicas o prioritarias en materia energética, coadyuvando con la federación, dependencias y entidades en el ámbito estatal y municipal, y con otras entidades federativas, para incentivar la inversión y la economía, y aprovechar los recursos naturales y proteger al medio ambiente, en el marco de la competencia y atribuciones del gobierno de la entidad en materia energética.
El Órgano de Gobierno atenderá los asuntos que en el ámbito de sus atribuciones le correspondan, para lo cual celebrará sesiones ordinarias y extraordinarias.
Y al Órgano de Vigilancia le competen figuran la de inspeccionar y vigilar que la Agencia cumpla con las normas y disposiciones legales aplicables en materia de recursos humanos, contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, mantenimiento, enajenación y baja de bienes, así como los demás recursos y bienes materiales que se encuentren bajo su administración.