El Organismo Público Local Electoral de Veracruz (OPLE) podrá utilizar el Sistema de Información y Gestión Municipal Armonizado de Veracruz (SIGMAVER) modalidad órganos autónomos, registrar de manera armónica, delimitada y específica las operaciones presupuestarias y contables derivadas de la gestión pública, y otros flujos económicos, así como estados financieros, confiables, oportunos, comprensibles, periódicos y comparables, los cuales serán expresados en términos monetarios.
El convenio firmado entre el OPLE y el ORFIS se publicó en la Gaceta Oficial del Estado y se establece que el objetivo es establecer las bases de apoyo a través de las cuales el ente fiscalizador proporcionará al árbitro electoral, sin costo alguno, el SIGMAVER, así como capacitación y asesoría para su operación, además de las actualizaciones correspondientes, con la finalidad de que dé cabal cumplimiento a las disposiciones normativas aplicables en materia de contabilidad gubernamental.
Ambas partes están obligadas a mantener bajo estricta confidencialidad la información que sea intercambiada o proporcionada, y se comprometen a no divulgarla en ninguna forma sin la autorización previa y por escrito de la parte que haya proporcionado la información, incluidos los datos personales, por lo que no podrán proporcionarla a terceros, salvo que se cuente con el consentimiento expreso de cada una de ellas y con excepción de aquella información que se deba proporcionar en los términos de la legislación en la materia que sea aplicable a cada una de las partes.
En ese sentido, el OPLE se compromete a usar el Sistema, exclusivamente para propósitos los señalados y que no lo utilizará, ni directamente ni mediante terceros, para ningún otro propósito distinto, comercial o lucrativo.
Y acordaron que el personal contratado, empleado, designado o comisionado por cada una de ellas guardará relación laboral únicamente con aquella que lo contrató, empleó, designó o comisionó, por lo que asumirán su responsabilidad por este concepto, sin que, en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón substituto o solidario, deslindándolas desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.