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Si se incumplen presupuestos procesales de emplazamiento, no se resuelve de fondo: magistrada
El riesgo también implica que se impugne la resolución

Xalapa, Veracruz / 2018-08-31 - 19:00

La magistrada Yolanda Cecilia Castañeda Palmeros, del Tribunal Superior de Justicia, manifestó que, de no cumplirse con todos los presupuestos procesales de un emplazamiento, se corre el riesgo de que no haya una sentencia de fondo o se impugne la resolución mediante un recurso de nulidad.

Manifestó que el emplazamiento es una diligencia que está llena de formalidades porque en términos de los artículos 14 y 16 de la Constitución General de la República, el demandado debe ser notificado de la existencia de la demanda; y además necesita que se le corra traslado con la demanda a efecto de que pueda defenderse en su oportunidad.

Al impartir el curso “Las comunicaciones procesales”, en la sede central del Poder Judicial del Estado de esta ciudad capital, y dirigido a actuarios y personal judicial, la togada expuso que hay ocasiones que se llega a la sentencia y se verifica que el emplazamiento no fue correctamente realizado.

“En ese caso como se trata de un presupuesto procesal que debe estudiarse de oficio, no se puede entrar al fondo del asunto; existen presupuestos procesales como son la competencia, la personalidad, el emplazamiento, la legitimación activa y pasiva, y si no se acredita uno de los presupuestos no se puede resolver el fondo del asunto”.

Por lo que dijo que es fundamental la capacitación para que las actuaciones se lleven a cabo conforme a derecho y la impartición de justicia cumpla con las particularidades del artículo 17 constitucional para que ésta sea pronta, expedita y gratuita.

Añadió que el actuario tiene funciones respecto de la ejecución de las sentencias, sobre todo cuando hay que entregar muebles o inmuebles; en estos casos, se requiere el auxilio de la fuerza pública; entonces el juez tiene que ordenar y el actuario cumplir, porque es autoridad ejecutora no ordenadora; y debe cumplir con la forma en que se lleva a cabo ese tipo de diligencias.

Agregó que lo que hace falta es enseñarles a los actuarios cómo deben de practicar el emplazamiento de una manera correcta; de allí la finalidad del Instituto de Capacitación del Poder Judicial es que el personal judicial esté capacitado para que la impartición de justicia cumpla con las particularidades del artículo 17 constitucional; esto es, que sea pronta, expedita, desde luego gratuita; y que las actuaciones se lleven a cabo conforme a derecho.

“Durante este curso vamos a llevar a cabo simulacros en diversas hipótesis: cuando se encuentre el demandado en la casa, cuando ya la casa está cerrada, cuando simplemente no quiere recibir al actuario; cuando se entiende la diligencia con el vecino; cuando se desconoce el domicilio del demandado; todos esos supuestos hay que contemplarlos, porque en la impartición de justicia en el momento de estar en los juzgados, pues son cuestiones que uno tiene que resolver como juez”.


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