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Entran en vigor sanciones por delitos informáticos
Se castigará a quien obtenga de manera indebida información sobre seguridad

Xalapa, Veracruz / 2018-08-17 - 10:57

Hoy viernes entran en vigor las nuevas sanciones que impone el Código Penal de Veracruz para sancionar el delito informático, principalmente para castigar con más severidad a quien obtenga de manera indebida información relacionada con la seguridad pública, y de la administración pública estatal.

El decreto de reforma publicado en la Gaceta Oficial del estado, en términos generales, señala que el delito informático se castiga con una imposición de dos a cinco años de prisión y multa de doscientas a seiscientas Unidades de Medida y Actualización.

Pero las sanciones serán más severas si el delito es cometido por servidores públicos o exservidores públicos de las áreas de seguridad públicas y del Gobierno del estado en su conjunto.

Tan solo, a quien estando autorizado para acceder a sistemas, equipos o medios de almacenamiento informáticos en materia de seguridad pública, indebidamente obtenga, copie o utilice información que contengan, se le impondrá una pena de 5 a 15 de años de prisión y multa de seiscientas a mil UMAS.

Si el responsable es o hubiera sido servidor público en una institución de seguridad pública, se impondrá además, hasta una mitad más de la pena impuesta, destitución e inhabilitación por un plazo igual al de la pena resultante para desempeñarse en otro empleo, puesto, cargo o comisión pública.

Las sanciones aumentarán hasta en una mitad cuando la información obtenida se utilice en provecho propio o ajeno; duplicándose cuando la conducta obstruya, entorpezca, obstaculice, limite o imposibilite la procuración o impartición de justicia.

Además, al que sin autorización modifique, destruya o provoque pérdida de información contenida en sistemas o equipos de informática del estado, protegidos por algún mecanismo de seguridad, se le impondrán de dos a cinco años de prisión y multa de doscientas a seiscientas UMAS.

Al que sin autorización conozca, copie o utilice información contenida en sistemas o equipos de informática del estado, protegidos por algún mecanismo de seguridad, se le impondrán de uno a tres años de prisión y multa de cien a trescientas UMAS.

A quien sin autorización conozca, obtenga, copie o utilice información contenida en cualquier sistema, equipo o medio de almacenamiento informáticos de seguridad pública, protegido por algún medio de seguridad, se le impondrá pena de cuatro a diez años de prisión y multa de hasta quinientas a mil UMAS.

Si el responsable es o hubiera sido servidor público en una institución de seguridad pública, se impondrá además, destitución e inhabilitación hasta por el mismo tiempo de la sanción pecuniaria para desempeñarse en otro empleo, puesto, cargo o comisión pública.

Al que estando autorizado para acceder a sistemas y equipos de informática del estado, indebidamente modifique, destruya o provoque pérdida de información que contengan, se le impondrán de tres a siete años de prisión y multa de hasta quinientas unidades de medida y actualización.


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