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Formalizan creación de Fiscalía de Investigación en Delito de Tortura
Se publica en la Gaceta Oficial del Estado

Xalapa, Veracruz / 2018-08-16 - 09:26

Hoy jueves se publica en la Gaceta Oficial del Estado el acuerdo que crea la Fiscalía Especializada para la Investigación del Delito de Tortura, que dependerá jerárquicamente de la Fiscalía de Investigaciones Ministeriales.

El titular de esa nueva Fiscalía Especializada será designado por el Fiscal General, el cual lo podrá remover libremente.

Para verificar que cumpla con los principios de buena fe, legalidad, honradez, objetividad, imparcialidad, eficiencia, profesionalismo, indivisibilidad, jerarquía y autonomía en sus funciones, el nuevo fiscal se deberá someter y aprobar el proceso de evaluación de control de confianza, es decir, los exámenes psicológico, investigación socioeconómica y situación patrimonial; médico; toxicológico, y poligráfico.

La Fiscalía Especializada para la Investigación del Delito de Tortura será permanente hasta en tanto el Fiscal General no acuerde lo contrario.

El titular de esa Fiscalía tendrá las siguientes facultades: podrá ingresar a cualquiera de los lugares de privación de libertad en donde se presuma que se cometió el delito de tortura.

Prevenir, iniciar y desarrollar la investigación y persecución de hechos delictivos relacionados con los delitos previstos en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y actuará dentro del territorio del Estado de Veracruz.

Requerirá la participación de las autoridades en materia de atención a Víctimas, en términos de las disposiciones aplicables; pedir a las autoridades competentes su colaboración y apoyo para la investigación y persecución de los delitos previstos en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Decretar las medidas de protección en favor de la vida o la integridad de las Víctimas, de conformidad con la legislación aplicable; solicitar las medidas cautelares aplicables al imputado por los delitos previstos en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de conformidad con la legislación aplicable.

Además, proponer políticas para la prevención de las conductas previstas en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Y podrá desarrollar, en el ámbito de su competencia, las atribuciones que competen al Ministerio Público.


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