Los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM), tendrán que ofrecer una disculpa pública por emitir un mensaje donde se incitaba a la violencia de género, al asegurar que el machete "sirve para darle de planazos a las mujeres que se porten mal".
El Tribunal Estatal Electoral de Veracruz (TEV), resolvió este jueves el Procedimiento Especial Sancionador PES-92/2018, promovido por el Partido Acción Nacional, en contra del otrore candidato a Diputado Local de la coalición “Por un Veracruz Mejor”, Francisco Martínez Martínez, por el Distrito 02, con cabecera en Tantoyuca, Veracruz; así como de los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, por presuntamente emitir un mensaje en un acto proselitista que incitaba a la violencia en general, y en concreto en contra de la mujeres.
El quejoso adujo que dentro del recorrido que efectuó el candidato denunciado a fin de promover sus actividades de campaña, en los cuales se presentaba con vestimenta de la región indígena y un machete en mano; en el efectuado el 31 de mayo en la comunidad de Monte Grande, frente a un grupo de militantes del PRI y PVEM, de aproximadamente 45 personas de género masculino, emitió el siguiente mensaje político electoral de naturaleza misógina y sexista que incitaba a la violencia particularmente hacia la mujer: “Mi abuelo también tenía un machete, como este machete, sirve para limpiar la milpa, chapolear el potrero, pero también sirve para otra cosa, sirve para darles de planazos a las mujeres que se portan mal y también hay unas personitas que se portan mal, también hay que darle pajuelazos, no cortarlos pajuelazos”.
Del estudio realizado por el TEV, se tuvo por acreditada la realización del evento, esto a través de la información que remitió el INE, por la que informó a este órgano jurisdiccional que el denunciado reportó el evento, el cual apareció con el estatus de realizado, así como de lo informado por el denunciado Partido Revolucionario Institucional.
Además, como se desprende de la prueba circunstancial aportada por el quejoso, se tiene demostrado que en el acto referido, el candidato denunciado emitió un mensaje portando un machete y mencionó que una de las funciones del mismo, es darles de planazos a las mujeres que se portan mal y a otras personas que se portan de igual manera, traduciéndose en alusiones unívocas a la violencia, lo que no está permitido dentro de la propaganda política o electoral que difundan los candidatos, los cuales deben dar soluciones a la violencia, mas no propiciar a que se genere, como en el caso aconteció.
En ese sentido, se trasgredieron las disposiciones del Código Electoral, además se violentaron diversas disposiciones nacionales e internacionales encaminadas a evitar la violencia, específicamente contra las mujeres.
En consecuencia, se acreditó el hecho materia del presente procedimiento especial sancionador, se tuvo por existente la violación objeto de la denuncia y atendiendo al modo de participación de los denunciados se impuso al otrora candidato denunciado una multa, mientras a los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, una amonestación pública.