El Pleno de la LXIV Legislatura del Estado de Veracruz aprobó el Dictamen por el cual se reforma la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado para crear el Registro Estatal de Menores, siendo ésta la base de datos con muestras biométricas de las huellas digitales o dactilares de menores, que resguardaría la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes; perteneciente al Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado (DIF).
Este Decreto, resultado de la iniciativa que presentó a nombre del Grupo Legislativo del PAN el 28 de mayo de 2018 la diputada María Josefina Gamboa Torales, fue aprobado con 44 votos a favor, sin votos en contra o abstenciones.
De esta manera se instaurará el Registro Estatal de Menores, mismo que será de carácter permanente e interés público; que además se regirá bajo los siguientes parámetros: los datos que integran el Registro Estatal de Menores, serán estrictamente confidenciales y no podrán ser comunicados o darse a conocer, salvo que se trate de la petición de una autoridad dentro de un procedimiento en donde se encuentre en riesgo la integridad de un menor de edad y sea rigurosamente necesaria para la prosecución del mismo.
Tendrá acceso exclusivo al Registro Estatal de Menores la Procuraduría Estatal de Protección para el cumplimiento de las funciones señaladas y no podrá dársele o destinarse a otra finalidad u objetivo distinto.
El Registro Estatal de Menores contendrá como mínimo, la siguiente información identificativa: nombre del menor de edad; nombre de los padres o tutores del menor de edad; declaración expresa del otorgamiento del consentimiento; dirección del menor de edad y placa de cada dactilar del menor de edad.
Las Procuradurías Municipales serán las encargadas de alimentar dicho Registro, mismo que será actualizado al inicio de los primeros cursos de los niveles escolares que conforman la educación básica, salvo petición expresa del padre o tutor que solicite la inclusión del menor de edad, caso en el que será en cualquier momento.
La Procuraduría Estatal para cumplir con esta obligación, deberá celebrar convenios con las Secretarías de Salud y de Educación del Estado.
Para la generación e integración del registro individual, el padre o tutor del menor de edad, deberá entregar consentimiento expreso, mismo que deberá tener el carácter de libre, específico e informado, cumpliendo para ello con los parámetros señalados por la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Veracruz.
Serán tomadas en presencia del padre o tutor del menor de edad.