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Revocan sentencia del TEV sobre caso de comicios extraordinarios en E. Zapata
La Sala Regional le ordena al Tribunal emitir nueva resolución
Osiris Muñoz
Xalapa, Veracruz / 2018-07-12 - 16:44

La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) que declaró la inexistencia de actos anticipados de campaña por parte de Daniel Antonio Baizabal González del Partido de la Revolución Democrática (PRD), a la alcaldía Emiliano Zapata.

En sesión pública, los magistrados atendieron el JRC/ 165 de este año, interpuesto por el Partido Encuentro Social (PES), por conducto de su representante propietario dentro del Consejo General del Organismo Público Local Electoral (OPLE) en Veracruz, el cual buscaba controvertir la sentencia dictada por el TEV.

Durante la discusión del punto, se explicó que el denunciante presentó los elementos probatorios que comprueba que Baizabal González violó la ley electoral, toda vez que, antes de que iniciará el periodo de campañas de elección Extraordinaria celebrada el pasado mes de marzo, hubo un llamado al voto y la dispersión de propaganda electoral, situación que viola el principio de equidad en la contienda

“Existen elementos subjetivos que son objeto de denuncia, toda vez que existen señalamientos inequívocos del llamado al voto y aunque las fechas presentadas discrepan con el día en que se llevó acabo la jornada electoral extraordinaria lo cierto es que existe los elementos”.

Ante ello, los magistrados ordenaron al TEV emitir una nueva sentencia en donde impongan una sanción que en derecho corresponda a el candidato y los partidos políticos denunciados por la comisión de actos anticipados de campañas.


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