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TEV declara improcedente medidas cautelares contra candidata
Grabó un video promocional en el campus de la UV en Poza Rica
Osiris Muñoz
Xalapa, Veracruz / 2018-06-27 - 21:35

El Tribunal Electoral del Estado de Veracruz (TEV) confirmó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Organismo Público Local Electoral (OPLE) en Veracruz, que declaró improcedente aprobar las medidas cautelares solicitadas por el abogado general de la Universidad Veracruzana (UV).

En sesión pública de este martes, los magistrados resolvieron el recurso de apelación 34/2018, interpuesto por la UV, quien se pronunció en contra del acuerdo del OPLEV al considerar que la autoridad responsable carecía de congruencia y exhaustividad, además de una falta de valoración del material probatorio aportado.

No obstante, en la sentencia el TEV determinó confirmar el acuerdo impugnado, toda vez que, consideró que la Comisión de Quejas del OPLEV fue exhaustiva al momento de analizar la solicitud de medidas cautelares.

Cabe recordar que el abogado de la Máxima Casa de Estudios, había presentado una queja ante el OPLEV, luego de que la candidata a la diputación local por el partido de Morena grabara sin autorización un video promocional en el campus Poza Rica mismo que fue subido a las redes sociales, por lo que solicitaron a la Comisión de quejas del OPLEV implementar las medidas cautelares las cuales les fueron negadas.

Este hecho, generó que el denunciante interpusiera un recurso de apelación ante el TEV, en contra del acuerdo, sin embargo, el TEV este día se pronunció a favor del mismo.

Y es que explicaron que, de acuerdo a la Unidad Técnica de Oficialía Electoral, la liga de internet señalada por el actor, no existe, pues al intentar desahogar su contenido sólo aparecía la frase “Es posible que el enlace que seguiste haya caducado o que la página solo sea visible para un público al que no perteneces”.

De ahí, que la autoridad al no encontrar el video en la liga de internet que señaló el actor no tenía los indicios suficientes para determinar la existencia del video y así poder emitir una medida cautelar, por lo que el agravio resultó infundado.

Por cuanto hace a la falta de valoración del material probatorio, consistente en un video tomado de las redes sociales, haciendo promoción del voto y utilizando en su favor las instalaciones públicas de la Universidad Veracruzana, el agravio resultó también inoperante.

Por tanto, el TEV confirmó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del OPLEV, que declaró la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas por el abogado general de la UV.


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