En la Gaceta Oficial del Estado se publicó el acuerdo que modifica el Reglamento de los Centros de Convivencia Familiar Asistida.
El objetivo de las modificaciones a dicho Reglamento es para garantizar que en los casos de divorcio los padres puedan convivir con sus hijos.
Esmeralda Ixtla Domínguez, secretaria de Acuerdos del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de Veracruz explicó que para cumplir con ese objetivo, los órganos jurisdiccionales que conozcan de la materia familiar se auxilien de los Centros de Convivencia Familiar.
Se detalló en el acuerdo que, dentro de las controversias del orden familiar, así como en los distintos juicios de divorcio en algunos casos existe como consecuencia la dificultad real y material de convivir con los hijos respecto al cónyuge que por alguna causa le es retirada la guardia y custodia, no existiendo seguridad física y moral respecto al menor del padre que detenta la guardia y custodia y respecto a la convivencia del menor con sus progenitores y familiares.
Debido a esa falta de convivencia durante el divorcio, el Consejo de la Judicatura, consideró necesario adoptar medidas para la protección de esos infantes, propiciando la convivencia con ambos padres o tutores, salvaguardando los derechos y obligaciones para con los menores, teniendo como base el desarrollo integral de los mismos.
La del Estado, dijo que los Centros de Convivencia Familiar de Xalapa, Veracruz y Córdoba tienen como finalidad facilitar la convivencia paterno-filial en los casos, de que a juicio de los titulares de los órganos jurisdiccionales, no pueda ésta realizarse de manera libre o se ponga en peligro el interés superior de menor.