La Contraloría General del Estado emitió el Acuerdo por el que se regula la participación de los Testigos Sociales en los procedimientos de contratación a través de licitaciones públicas.
El objetivo es que la ciudadanía participe en el control y vigilancia en los procesos de adjudicación que se realicen en las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, que permita una mayor transparencia y eficiencia en el manejo de los recursos públicos.
En la Gaceta Oficial del Estado se publica el acuerdo que establece que la Contraloría General del Estado contará con un plazo de treinta días hábiles, contados a partir de este viernes, para expedir el tabulador que regulará las cuotas que les serán cubiertas a los Testigos Sociales.
Mientras que, a través de la Dirección General de Fiscalización Interna, llevará a cabo la convocatoria y registro del Padrón de los Testigos Sociales dentro de los próximos sesenta días hábiles.
Los Testigos Sociales serán las personas físicas que pertenezcan o no a organizaciones no gubernamentales, así como las propias organizaciones no gubernamentales, que cuenten con el registro correspondiente ante la Contraloría, quienes podrán participar con derecho a voz en las licitaciones públicas que se lleven a cabo en las dependencias y entidades, emitiendo al término de su participación un testimonio sobre el desarrollo de las mismas.
Durante su participación podrán proponer, de acuerdo con su experiencia y considerando las disposiciones legales o administrativas vigentes, los aspectos que mejoren el trato igualitario e imparcial, así como la legalidad y transparencia de las licitaciones públicas y la prevención de la corrupción.
Las dependencias y entidades estatales atenderán las opiniones y sugerencias que realicen los Testigos Sociales.
Las dependencias y entidades estatales cubrirán las contraprestaciones de los Testigos Sociales que determine el Tabulador emitido por la Contraloría. Dichas contraprestaciones, serán revisadas anualmente por la Contraloría, considerando los factores económicos prevalecientes en la economía estatal.
Los Testigos Sociales designados podrán participar con derecho a voz en cualquier momento durante las licitaciones públicas que lleven a cabo las dependencias y entidades estatales, en cuyo caso los servidores públicos de las dependencias y entidades no podrán impedir su participación.