Por atentar en contra de los derechos humanos a la libertad de expresión y acceso a la información, el Juez Decimo Octavo de Distrito en Estado de Veracruz, otorgó un amparo a periodista de Xalapa, en contra del Fiscal Jorge Winckler Ortiz, por bloquearlo de sus redes sociales en 2017.
El pasado 28 de mayo, el Juez de distrito resolvió otorgar un amparo y darle protección de la justicia federal al periodista Miguel León Carmona, quien fue bloqueado por el Fiscal en su cuenta de Twitter, acción que constituye un acto de autoridad que atenta contra los derechos humanos a la libertad de expresión y acceso a la información del comunicador.
De esta manera, el juez ordenó al Fiscal de Veracruz, desbloquear al periodista, quien interpuso el amparo 1249/2017 en octubre de 2017.
Al considerar trascendental conocer la información del titular del organismo autónomo que postea en su cuenta, a fin de garantizar el acceso a la justicia y la verdad y en el contexto de la corrupción que existe en Veracruz, el juez dio un fallo a favor del periodista.
De igual forma, se reconoce la importancia de que los periodistas puedan ejercer su derecho a la libertad de expresión y a la información para evitar la consolidación de sociedades autoritarias.
Esta sentencia se suma a resoluciones en México y Estados Unidos, como las dictadas en el juicio de amparo indirecto 216/2017 por el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Sonora, y más recientemente, en el caso Knight First Ammendment Institute y otros contra Donald Trump, resuelto por una jueza federal en Nueva York, Estados Unidos.
En estos casos, se resalta que al bloquear las cuentas de la ciudadanía o periodistas, se comete un acto de discriminación al decidir quién sí o no puede obtener información de interés general, además de atentar contra su derecho a la libertad de expresión y de información.
“Si la autoridad responsable decidió comunicarse con la ciudadanía a través de algún medio electrónico (como lo son las redes sociales) al compartir en su cuenta personal información inherente al desempeño de su encargo, es evidente que voluntariamente asumió las consecuencias normativas correspondientes, ante la calidad de los datos compartidos.”