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Candidatos a diputados locales por Córdoba y Mendoza los postulará el PES
Sala Regional ratificó la sentencia de los magistrados del TEV
Osiris Muñoz
Xalapa, Veracruz / 2018-05-30 - 21:01

La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) que otorgó los distritos de Córdoba y Camerino Z. Mendoza al Partido Encuentro Social (PES).

En sesión pública, los togados resolvieron el JDC359 que confirma la sentencia del TEV, donde revocó el acta de la Comisión Coordinadora Nacional de la coalición "Juntos Haremos Historia" en el que se determinó el registro supletorio de las fórmulas de candidatos a diputados locales en el distrito 21 y 19.

En el caso del distrito de Córdoba, los magistrados concluyeron que en el convenio de coalición a la Comisión Coordinadora Nacional no se le dio la facultad para resolver la postulación, por lo que la candidatura de Córdoba le corresponde al PES.

Mientras que en Camerino Z. Mendoza, distrito donde Morena dentro de la colación había postulado candidato a la diputación local, determinaron avalar la sentencia del TEV, quien resolvió que fuera el PES quien postulara candidato.

En cuanto al juicio de revisión constitucional y demás recursos acumulados contra la sentencia del TEV que revocó el acuerdo de la Comisión Coordinadora Nacional de "Juntos Haremos Historia" en el distrito 25 de San Andrés, esta quedó sin materia debido a que se aprobó la fórmula de candidatos de mayoría relativa.

En el juicio ciudadano presentado por Nohelia Gómez Córdova contra la sentencia del TEV, que confirma el acuerdo del OPLE sobre la asignación de regidurías del Ayuntamiento de Sayula de Alemán, derivada del Proceso Electoral Local Extraordinario 2018, se declaró como inoperante e infundado por lo que confirmaron las regidurías de este municipio.

En el juicio de revisión constitucional que presentó el PRI contra la sentencia del TEV, en el cual resolvió como inexistente la difusión de propaganda institucional con fines políticos que presuntamente realizó el Ayuntamiento de Xalapa, se determinó que no se acreditaron las infracciones administrativas y se confirmó la sentencia impugnada.


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