La Secretaría de Educación Pública da a conocer este martes los calendarios escolares para el ciclo lectivo 2018-2019, aplicables en toda la República para la educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica.
En el Diario Oficial de la Federación se publica este martes el Acuerdo número 09/05/18 firmado por Otto Granados Roldán, secretario de Educación Pública, que consta de cuatro artículos y dos transitorios.
En el documento se establece el calendario escolar de ciento noventa y cinco días para el ciclo lectivo 2018-2019, aplicable en toda la República para las escuelas de educación básica (preescolar, primaria y secundaria), públicas y particulares incorporadas al Sistema Educativo Nacional.
También se establece el calendario escolar optativo de ciento ochenta y cinco días para el ciclo lectivo 2018-2019, aplicable en toda la República para las escuelas de educación básica (preescolar, primaria y secundaria), públicas y particulares incorporadas al Sistema Educativo Nacional que cumplan con los requisitos que se establezcan en los lineamientos que expida la Secretaría de Educación Pública.
Asimismo, se establece el calendario escolar de doscientos días para el ciclo lectivo 2018-2019, aplicable en toda la República para las escuelas de educación normal y demás para la formación de maestros de educación básica, públicas y particulares incorporadas al Sistema Educativo Nacional.
En el documento se indica que para la aplicación de los calendarios escolares a que se refieren los artículos que anteceden, se deberá tener en cuenta que el inicio de cursos para el ciclo lectivo 2018-2019 será el lunes 20 de agosto de 2018.
El acuerdo dado a conocer este martes considera que en términos de lo dispuesto en la Ley General de Educación, la educación de tipo básico está compuesta por el nivel de preescolar, el de primaria y el de secundaria, que es atribución de la Secretaría de Educación Pública organizar, vigilar y desarrollar en las escuelas públicas y particulares la enseñanza preescolar, primaria, secundaria y normal y que de manera exclusiva, le corresponde a la Secretaría de Educación Pública establecer el calendario escolar aplicable en toda la República para cada ciclo lectivo de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, necesarios para cubrir los planes y programas de estudio aplicables, el cual deberá contener un mínimo de ciento ochenta y cinco días y un máximo de doscientos días efectivos de clase para los educandos.
También considera que la autoridad educativa federal cuenta con las atribuciones exclusivas necesarias para garantizar el carácter nacional de la educación básica, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica.