El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en su Sala Xalapa, revocó las dos sentencias del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) interpuestas por José Trinidad González Cervantes e Iván Velázquez Palacios, candidatos a agentes municipales de Villa Allende, Coatzacoalcos y de la congregación de Cerro Gordo, en Emiliano Zapata.
Al resolver el juicio ciudadano 314 de esta anualidad presentado por José Trinidad González, los magistrados regionales determinaron como fundado el agravio respecto a que el Tribunal local violó los principios de fundamentación, motivación, exhaustividad y congruencia al desechar su medio de impugnación por falta de materia.
Se detalló que ambos ciudadanos presentaron ante el TEV diversos medios de impugnación donde se solicitó invalidar la elección, sin embargo, la petición fue desechada por la sala regional, avalando el triunfo de Noriel Prot Álvarez, ganador de la contienda había.
Dado lo anterior, el Pleno de la Sala determinó que, al existir pretensiones opuestas respecto a las demandas presentadas por los actores citados, tal circunstancia imposibilitaba a la autoridad responsable el desechar los medios de impugnación por falta de materia, por lo que debía analizar el fondo del asunto.
En cuanto al juicio ciudadano 324/2018, promovido por Iván Velázquez Palacios, candidato a agente municipal de la congregación de Cerro Gordo del municipio de Emiliano Zapata, el Pleno de la Sala determinó revocar la sentencia del TEV que desechó su demanda por una supuesta extemporaneidad.
En consecuencia, el Pleno de la Sala revocó la sentencia del TEV y ordenó que, en un plazo razonable, emita una nueva resolución en la que estudie el fondo de los planteamientos del actor en la demanda local.