El gobernador Miguel Ángel Yunes Linares también prorrogó al 31 de julio la condonación del pago del Impuesto Estatal sobre Tenencia o Uso de Vehículos y sus accesorios a Personas Físicas o Morales inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes en materia vehicular del servicio privado, que se hayan causado en los ejercicios fiscales 2013, 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018.
También continuará vigente la condonación al 100% de la actualización, los recargos y multas que se hayan causado durante los ejercicios fiscales del 2013 al 2018, siempre y cuando paguen los derechos de control vehicular omitidos.
Y un 60% el Impuesto Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados (ISAVAU) y al 100% la actualización, así como los recargos y multas para toda aquella persona física o moral propietaria de vehículos del servicio privado, que tramite un cambio de propietario dentro del periodo de vigencia del Decreto.
Así como el 100% de los derechos de control vehicular causados en el ejercicio fiscal 2017 y anteriores; así como los derechos por el canje de placas, tarjeta de circulación y calcomanía numeral fuera del plazo establecido por el Ejecutivo del Estado a personas físicas o morales propietarias de motocicletas, motonetas y cuatrimotos que se encuentren inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes.
A los propietarios de motocicletas, motonetas y cuatrimotos que no estén inscritos en el Registro Estatal de Contribuyentes y acudan a la oficina de su jurisdicción correspondiente a su domicilio fiscal a presentar su aviso de alta, pagarán los derechos de alta vehicular, control vehicular del presente ejercicio, Impuesto Adicional para el Fomento de la Educación y en su caso el Impuesto Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados (ISAVAU).
Las personas físicas o morales propietarias de vehículos del servicio privado modelo 2011 y anteriores que tengan adeudos por los ejercicios fiscales 2017 y anteriores, pagarán únicamente los derechos de control vehicular causados en el ejercicio fiscal 2018, los derechos por el canje de placas, tarjeta de circulación y calcomanía numeral, el Impuesto Adicional para el Fomento de la Educación y en su caso el Impuesto Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados (ISAVAU).
Y se condona el pago de Derechos de Expedición o Reposición de Tarjeta Anual de Identificación de Operador de Transporte Público de Pasajeros y el correspondiente Impuesto Adicional para el Fomento de la Educación.