El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), resolvió revocar el Acuerdo OPLEV/CG111/2018 aprobado por el Organismo Público Local Electoral en Veracruz (OPLEV) en el que se determinó el tope de gastos de campaña para las elecciones de la gubernatura y diputaciones del actual Proceso Electoral 2017-2018.
En sesión del TEV, los magistrados resolvieron otorgar un plazo de 36 horas al OPLEV contadas a partir del momento en que se le notifique al organismo la sentencia recaída al TEV-RAP-12/2018, para emitir un nuevo Acuerdo observando los lineamientos señalados en los efectos de la determinación.
Lo anterior luego de que el pasado 17 de abril, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitiera el Acuerdo de Sala, mediante el cual declaró improcedente la solicitud de conocer per saltum del recurso promovido el 6 de abril por el Partido del Trabajo (PT) ante la Sala Regional Xalapa en contra del acuerdo OPLEV/CG111/2018.
En este sentido, los magistrados de la Sala Superior, ordenaron reencausar al TEV la demanda del PT a efecto de que éste resolviera sobre el fondo del asunto.
Y es que se determinó que el OPLEV, incurrió en un error de hecho al tomar en consideración una cifra incorrecta, respecto de la votación válida emitida, para estimar el valor unitario del voto; además de que el hecho no motivo debidamente la determinación del tope de gastos de campaña.
Sobre ello, el Tribunal consideró que la autoridad administrativa local, no sustentó la forma de calcular cada uno de los valores que conforman el “Factor socioeconómico”, las razones de su integración y la utilización del mismo.