Con la finalidad de garantizar el correcto cierre de la administración estatal, la Contraloría General del Estado emitió los Lineamientos en Materia de Entrega y Recepción del Poder Ejecutivo, así como de la separación de cualquier servidor público de su empleo, cargo o comisión dentro de la Administración Pública Estatal, y el respectivo Manual.
Se especifica que en las actas circunstanciadas deberán quedar asentados: pasivos circulantes, recursos a reintegrar, saldos depurados, registros de activos fijos, conciliaciones bancarias, compromisos institucionales, y relación de acreedores, pasivos, cuentas pendientes por cobrar, ahorros y economías no devengadas, y recursos a comprobar, principalmente.
Será responsabilidad indelegable de los titulares de las dependencias y entidades realizar las acciones conducentes para garantizar el correcto cierre de la administración y la entrega y recepción de los asuntos que competen a la instancia a su cargo.
En cada una de las Dependencias y entidades se deberá integrar un Comité de Entrega.
Están obligados a realizar la entrega y recepción de sus áreas, desde el titular hasta el nivel de Director de Área en las dependencias, de Subdirector en las entidades y Jefes de Departamento; y el incumplimiento de las disposiciones originará el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, independientemente de la responsabilidad penal o civil que en su caso resulte.
Cada una de las Dependencias y Entidades, deberán tener actualizada la plantilla del personal, debiendo estar conciliada con la nómina y de acuerdo con la estructura orgánica autorizada y el reglamento interior vigente; y el personal comisionado deberá incorporarse a su centro de trabajo antes del día 30 de noviembre de este año; en caso de requerirse readscripciones de personal, y la fecha límite para contratar personal será a más tardar el día 15 de noviembre, con excepción a las que se realicen para sustituir a quien deje de prestar sus servicios al Estado.
Las Unidades Administrativas en coordinación con su área jurídica deberán mantener un estricto control de todos los juicios laborales pendientes de resolver, estimando y registrando su monto en el pasivo contingente (cuentas de orden), incorporando esta información en el acta y formato correspondiente de entrega y recepción.