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Urgente modificar el Código Civil estatal: Duck
Entra en funciones el Juzgado Sexto de Primera Instancia Especializado en Materia Familiar

Orizaba, Veracruz / 2018-09-03 - 11:57

El consejero de la Judicatura Estatal, Edgar Mauricio Duck Núñez, se pronunció por modificar el Código Civil para separar todo lo relativo a la materia familiar de lo civil.

Entrevistado después de haber inaugurado el Juzgado Sexto de Primera Instancia Especializado en materia familiar, el funcionario cordobés expuso que el Poder Judicial del Estado habrá de soportar el tema mediante foros necesarios que lleven a buen puerto la modificación del Código Civil.

Dijo que ahora ya le corresponderá al nuevo Congreso del Estado llevar a cabo este tema, pues en los juzgados, la carga de trabajo es mucha y se debe a que cada vez hay más problemas familiares que llegan a estas instancias.

Asimismo, comentó que para antes de que finalice el año, se tendrá que construir la Ciudad de Judicial para el distrito de Orizaba.

"Nosotros hicimos lo que nos compete y las empresas que tienen la obra están en la licitación y creo que están en un proceso de financiamiento y todo lo que conlleva el inicio de la obra; la obra tiene que iniciar este año y es un compromiso que ya lo tenemos y ya avisamos jurídicamente hablando, falta realizarlo físicamente y tiene que estar en este año porque así lo establece la licitación".

El consejero de la Judicatura Estatal, Mauricio Duck, dijo que este día se pusieron en operaciones 15 nuevos juzgados mismos que serán integrados por jueces, secretarios y demás personal que fue seleccionado a través de procesos de exámenes e infinidad de cursos mismos que se aplicaron de manera transparente.

Cabe recordar que se realizó el cambio de denominación y competencia del Juzgado Sexto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Orizaba para constituirse en el Juzgado Sexto de Primera Instancia Especializado en Materia Familiar.

En este juzgado se habrán de atender asuntos relativos sobre divorcios en sus distintas modalidades, alimentos, ya sea de pago, incremento, reducción, cancelación o consignación de los mismos, así como guarda y custodia, patria potestad, depósito de personas, adopción, tutela, rectificación de actas, reconocimiento o desconocimiento de paternidad, entre otros.


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