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Inai ordena al IMSS informar sobre abortos voluntarios
El periodo debe abarcar del 24 de marzo de 2016 al 9 de octubre de 2017
El Universal
Ciudad de México / 2018-01-15 - 09:50

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), informar sobre los procedimientos de interrupción voluntaria del embarazo (aborto) solicitados y practicados en cualquiera de sus instancias por violencia familiar o sexual, del 24 de marzo de 2016 al 9 de octubre de 2017.

También solicitó al Seguro Social dar a conocer los hospitales, clínicas, centros médicos o cualquier otra de sus instancias, en donde se presta el servicio de interrupción voluntaria del embarazo, especificando nombre del lugar, dirección, datos de contacto y nombre del encargado o director.

Además, el número total de procedimientos solicitados y practicados en el periodo referido, precisando el método utilizado y cuántos casos corresponden a menores de 12 años y cuántos a adolescentes entre 12 y 18 años; el total de casos en los que se dio vista al agente del Ministerio Público antes o después de la intervención.

Esto, después de que el IMSS respondió que “no se realizan abortos legales ni interrupciones voluntarias del embarazo”, declarando inexistente la información solicitada por un particular.

Por lo anterior, el comisionado Óscar Guerra Ford indicó que “dar a conocer la información relacionada con la interrupción voluntaria del embarazo, particularmente la que refiere a víctimas de violencia sexual, contribuye a generar políticas de salud en favor de las mujeres”.

Razón por la cual, al otorgar el acceso a la información se favorece la rendición de cuentas, de tal forma que los ciudadanos pueden conocer de qué manera el Seguro Social está dando cumplimiento a las disposiciones previstas en la norma, que es de carácter obligatorio para quienes forman parte del Sistema Nacional de Salud, precisó el comisionado Guerra Ford.

“El IMSS, al formar parte del Sistema Nacional de Salud, está obligado a dar cumplimiento a las disposiciones previstas en la NOM-046-SSA2-2005, entre estas, las relativas a la prestación del servicio de aborto médico a personas que hayan sido víctimas de una violación”, destacó el comisionado del Inai.

A propuesta de Guerra Ford, el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales revocó la respuesta del IMSS y le instruyó realizar una búsqueda exhaustiva en la Dirección de Prestaciones Médicas y las delegaciones del Seguro Social, para que a través de sus Unidades Médicas, entregue la información solicitada.

Del análisis del caso se desprende que el IMSS no cumplió con el procedimiento de búsqueda previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, debido a que omitió turnar la solicitud a sus delegaciones, cuyas Unidades Médicas podrían contar con registros de los datos relacionados con la interrupción legal del embarazo, señaló en un comunicado el órgano autónomo.


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