Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyeron que es válida la pena de 20 a 40 años de prisión que debe imponerse a quienes sean líderes de una agrupación dedicada a la delincuencia organizada.
A propuesta del ministro Juan Luis González Alcántara Carranca, la Primera Sala señaló que no vulneran la Constitución las penalidades contenidas en la Ley Federal contra la delincuencia organizada para el miembro de la organización delictiva que tenga funciones de administración, dirección o supervisión y además la finalidad de la organización sea cometer delitos contra la salud.
Si un sujeto es cerebro o cabeza de una organización criminal que funciona como empresa, es evidente que el resto de sus integrantes o algunos de ellos, actuarán bajo sus órdenes y mando, tal como acontece en una empresa en donde hay división de funciones o una estructura jerárquica entre sus miembros”, concluyó la Corte.
Incluso, los ministros señalaron que quien cumple estas funciones jerárquicas contribuye en mayor medida, que el resto de los integrantes, a la subsistencia, a la expansión y a que obtenga mayores ganancias, potencializando con su actuar el daño a la seguridad pública, lo que representa un mayor peligro para la sociedad y la nación.