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Niegan amparo a Javier Duarte contra proceso por peculado
Buscaba revertir la vinculación a proceso que se le dictó por el desvío de 220 mdp
Milenio
Ciudad de México / 2019-03-27 - 17:54

Una juez federal negó un amparo al ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte, quien buscaba revertir el auto de vinculación a proceso que se le dictó como probable responsable del delito de peculado por 220 millones de pesos.

La Fiscalía General del Estado de Veracruz acusó a Duarte de haber ordenado a su entonces secretario de Finanzas y Planeación que solicitara al director de la Comisión del Agua de la entidad, que de las cuentas bancarias de ese organismo descentralizado transfiriera 220 millones de pesos al erario local.

Los recursos no se devolvieron, por lo que no se concluyeron las obras de agua potable, saneamiento aguas y alcantarillado en zonas urbanas, es decir, el dinero fue utilizado para un destino diverso.

Por este motivo la juez de control del juzgado de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Distrito Judicial de Xalapa, lo vinculó a proceso dentro de la carpeta judicial 56/2017.

Ante esta situación, el exgobernador promovió un amparo donde además de impugnar la vinculación a proceso reclamó la medida cautelar de prisión preventiva que se le impuso, porque alegó que el delito del cual se le acusa no lo amerita.

Sandra Leticia Robledo Magaña, juez Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, rechazó conceder la protección de la justicia.

En su sentencia, Robledo señaló que los datos expuestos por la fiscalía estatal son suficientes para establecer la probabilidad de que los quejosos cometieran, cada uno por sí, el hecho señalado por la ley como delito.

"En ese sentido, se estima que el juez actuó conforme a lo previsto al artículo 19 Constitucional, porque es correcto que haya clasificado su intervención como, autor material en términos del artículo 38 del Código penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio De la Llave, y lo vinculara a proceso en los términos descritos.

“Además, efectivamente, la prisión preventiva es revisable en cualquier tiempo, por lo cual, de variar su situación jurídica y estar en aptitud de quedar libre, tiene acceso a solicitar una audiencia para debatir el cambio a otra medida cautelar diversa”, detalla la sentencia.

En el ámbito federal, el 26 de septiembre de 2018, un juez de control sentenció a nueve años de prisión a Javier Duarte, luego de que se declaró culpable de los delitos de asociación delictuosa y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Asimismo, se decretó el decomiso de 41 propiedades, 20 de las cuales corresponden a parcelas en Campeche y 20 a inmuebles, entre departamentos de lujo en la Ciudad de México, tres de los cuales se encuentran en la zona exclusiva de Santa Fe y que tienen un valor cada uno de 45 millones de pesos, y hasta con seis cajones de estacionamiento casa uno.

Marco Antonio Fuerte, juez de Control del Centro de Justicia Penal Federal con sede en el Reclusorio Preventivo Norte también le impuso una multa de 990 días de salario mínimo que corresponden a 58 mil 890 pesos.

La Procuraduría General de la República se desistió de solicitar la reparación del daño, porque propuso el decomiso de las propiedades; solo solicitó la pena mínima de cada delito y sin agravante.


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